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heartopera38

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Cita Nie

Cita Nie

Los ciudadanos que visitan España pueden conseguir el NIE. El Número de Identidad de Extranjero (NIE) es un documento personal que deja a los ciudadanos extranjeros efectuar trámites fiscales ante la Agencia Tributaria de España.

Pueden realizar trámites como: firmar un contrato de trabajo, abrir una cuenta corriente, etc.

Para pedir el NIE es conveniente pedir Cita Previa:

Cita previa NIE por Teléfono: 

Se puede pedir cita NIE por teléfono llamando al 060 

Cita previa NIE por Internet: 

Para pedir cita por la red hay que visitar la página  

– En la página se escoge la provincia donde se quiere efectuar el trámite (por poner un ejemplo Málaga) y pulsamos aceptar

– Entonces se selecciona el trámite deseado (Por ejemplo: Si es para el NIE escoger Certificados y Asignación NIE. Si es para ciudadanos comunitarios: ‘autoriz.residencia larga duración UE’ ) y pulsar aceptar

NIE Extranjería

Si quieres pedir cita para NIE  y Extranjería puedes obtener más información en:

NIE España

Los extranjeros viven o se relacionen con España deben tener a efectos de identificación un Número de Identidad de Extranjero (NIE)

¿Como presentar las solicitudes para conseguir el NIE?

Se pueden presentar peticiones para el NIE de las siguientes formas::


    • Presentadas en España personalmente por el interesado,
    • Presentadas en España a través de representante,
    •  En las Representaciones Diplomáticas o bien Oficinas Consulares españolas situadas en el país de residencia del solicitante.

  • Presentadas en España personalmente por el interesado,
  • Presentadas en España por medio de representante,
  •  En las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas situadas en el país de residencia del solicitante.

Documentación precisa para el NIE:

> Impreso-petición normalizado (EX-15), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.

> Al menos uno de los siguientes documentos:

– Original y copia del pasaporte completo

– documento de identidad

– título de viaje

– cédula de inscripción en vigor.

> Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.

> Cuando sea solicitado por medio de un representante, éste acreditará debidamente que está autorizado

Diferencias entre el NIE y el TIE

El NIE es el Numero de Identificación de Extranjero y es único para cada extranjero que se relaciona con España, el TIE es la Tarjeta de Identidad de Extranjero, es una tarjeta de plastico que acredita la identidad de extranjero que radica legalmente en España.

El numero NIE es para siempre, si bien el extranjero sea expulsado de España por situación ilegal o bien haber cometido algún delito preservará ese numero

La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) te la pueden retirar si tu situación en España no es legal.

Puede descargar modelos oficiales en .

Nuevo Formato de la Tarjeta de Identidad de Extranjero TIE

Desde el 19 de Mayo de dos mil veinte hay un nuevo modelo de TIE que va a ser común en toda Europa

Hasta el momento existían 4 modelos de tarjeta de identidad de extranjero

– permiso de residencia

– permiso de régimen comunitario

– permiso de estudiante

– permiso de trabajador fronterizo.

A partir de ahora con el nuevo formato, los 3 primeros modelos de TIE (permiso de residencia, permiso de régimen comunitario y permiso de estudiante) se unifican en el modelo uniforme de permiso de vivienda además del actual permiso de trabajador fronterizo. pedir cita previa extranjeria Es decir vamos a pasar de cuatro modelos de TIE a 2.

En la tarjeta figurará la denominación del género de autorización que da origen a la vivienda o bien estancia.

El permiso de trabajador fronterizo no da origen a la vivienda y de ahí que se sostiene esta clase de tarjeta. Este modelo de tarjeta, también será utilizado para las tarjetas que se emitan como consecuencia del BREXIT.

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El Arraigo Social

El Arraigo Social

El arraigo social es una vía para obtener una autorización de vivienda por circunstancias excepcionales.

El arraigo social es una vía para poder conseguir una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. De hecho, es la opción más utilizada por los extranjeros que se hallan en España y quieren regular  su situación.

¿Qué es el arraigo social?

El Estado de España en su  normativa en materia de extranjería, recoge varias opciones para que aquellas personas nacionales de terceros Estados que se encuentran en España sin ningún género de autorización puedan regular su situación con la obtención de una autorización de residencia, directamente y sin salir de este país.

En este caso, charlamos de la concesión de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales conseguida en España,por tener arraigo social. Mas, ¿ y qué debemos comprender como arraigo social?. Una persona tiene arraigo social cuando tiene unos vínculos  esenciales y fuertes con algo, en un caso así con España. La existencia de esos vínculos son muy díficiles de determinar, puesto que por sí el término de es un término abstracto que puede dar cabida a muchas posibilidades, con lo que la Administración  ha «objetivizado» el término, exigiéndo el cumplimiento de unos requisitos tasados para entender que una persona tiene arraigo social en España.

 Al igual que existe la figura del arraigo social, asimismo existe la opción de solicitar una autorización de vivienda por circunstancias excepcionales ( por el hecho de que no olvidemos que es una vía de obtención de vivienda de manera excepcional, no es la vía ordinaria), poro El fundamento de concesión de la vivienda en España del nacional extranjero en todos los presuntos  es el mismo, «el arraigo». Sin embargo, el acento del vínculo con España en el arraigo familiar queda centrado en que la familia  próxima del demandante se encuentra  en este país, y en el arraigo laboral el nexo está en la existencia de nudos laborales.

Debemos de remarcar que independientemente de los requisitos propios de cada una de estas figuras, hay  requisitos comunes en estos 3 géneros de solicitudes, siéndo el más propio la exigencia de haber estado como mínimo en España de manera continuada e inmediata al momento de la solictud tres años.

Los requisitos para solicitar el arraigo social son:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • y en sus países anteriores de vivienda por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un acuerdo en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, en el plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar de forma voluntaria a su país de origen.
  • Haber continuado con carácter continuado en España a lo largo de un periodo mínimo de 3 años. IMPORTANTE: Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España a lo largo de este período no pueden superar los 120 días.
  •  Presentar un informe de inserción social que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o bien el Municipio si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.

En en el caso de que el informe no haya sido emitido en el plazo de treinta días, circunstancia que tendrá que ser debidamente acreditada por el interesado, podrá justificarse este requisito por cualquier medio de prueba aceptado en derecho.

  • Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. cita previa para extranjeria La empresa o el empleador deben encontrara inscritos en la Seguridad Social, como encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

La empresa asimismo va a deber asegurar la actividad continuada, disponer de medios de tipo económico, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato.

Si el empleador es una persona física va a deber acreditar, una vez descontado el pago del sueldo convenido, el cien por ciento del IPREM si no hay familiares a su cargo (532,51 euros mensuales en este año 2013). Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200 por ciento (1065,02 euros en este año 2013). Si la unidad familiar incluye más de dos personas se va a deber sumar a la cantidad anterior el cincuenta por cien del IPREM por cada miembro adicional (1065,02+266,26 euros).

Respecto al contrato de trabajo, es IMPORTANTE tener en cuentalo siguiente:

  • En el campo agrario, se podrán presentar 2 contratos con distintos empleadores y concatenados, con una duración mínima cada uno de ellos de ellos de 6 meses.
  • También se acepta la presentación de varios contratos en una misma ocupación, trabajando simultáneamente para más de un empleador, todos de duración mínima de un año y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a treinta horas en cómputo global.
  • Se va a poder eximir la presentación del contrato en el caso de que se acredite que se cuenta con medios económicos suficientes o bien que éstos derivan de una actividad por cuenta propia, y siempre que lo aconseje el informe de integración social que emita la Comunidad Autónoma.

La documentación que se debe presentar es:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial por duplicado, correctamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • Copia completa del pasaporte, título de viaje o bien cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
  • Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años. La documentación que se aporte deberá contener los datos de identificación del solicitante, preferentemente debe haber sido emitida y/o registrada por una Administración Pública española. A título de ejemplo, se van a tomar en consideración documentos relativos al empadronamiento, a una hospitalización, a una consulta médica en la sanidad pública, así como cualquier documentación municipal, autonómica o bien estatal que justifique la presencia en España.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o bien países en los que haya residido a lo largo de los cinco últimos años precedentes a la entrada en España.
  • Documentación acreditativa de los vínculos sociales con España informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento del domicilio frecuente del demandante, más TODA la documentación original  de la que se disponga, en la que se pueda revisar la data de expedición del documento y el nombre del solicitante. La presentación de esta documentación sirve para acreditar la integración y permanencia en España durante el tiempo exigido por parte del nacional extranjero. Documentos como certificado de empadronamiento, informes médicos, recetas médicas, facturas de compras, resguardos de envío de dinero, certificados de estudios, contratos de alquiler, etc.
  • Contrato de trabajo con las características exigidas, firmado por el empleador y trabajador. Asimismo deben acompañarse los siguientes documentos:
    • Copia del N.I.F. y, en su caso, de las escrituras de la empresa.
    • Copia de la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente demandada para el ejercicio de la profesión.
    • Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia precisa, a través de: la declaración del IRPF, o del IVA, o bien del Impuesto de Sociedades o bien del informe de la vida laboral de la empresa (VILE). Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a efectuar.

  • En caso de no presentarse el contrato, se deberá acreditar que se dispone de medios de vida. Esta circunstancia debe quedar reflejada en el informe municipal sobre la integración social del extranjero . En este caso, es preciso aportar:
    • Toda la documentación que se considere para  acreditar la predisposición de medios de vida suficientes para su conservación.
    • También puede darse la opción, y de hecho cada vez es más frecuente, que se pretenda justificar  el requisito de disponer de medios económicos a través de la presentación de un proyecto para desarrollar una actividad por cuenta propia.  Si este fuera el caso, se van a deber presentar los siguientes documentos:
      • En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anexo del Real Decreto Ley 19/2012, que se realicen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o inferior a 300 metros cuadrados, declaración responsable o bien comunicación anterior (en los términos el artículo 71.bis de la Ley 30/1992) y, en su caso, justificante de pago del tributo correspondiente.


  • Copia del N.I.F. y, en su caso, de las escrituras de la empresa.
  • Copia de la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria, a través de: la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la compañía (VILE). También, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
  • Toda la documentación que se considere para  acreditar la predisposición de medios de vida suficientes para su manutención.
  • También puede darse la opción, y de hecho es cada vez más frecuente, que se pretenda justificar  el requisito de contar con de medios de tipo económico mediante la presentación de un proyecto para desarrollar una actividad por cuenta propia.  Si este fuera el caso, se van a deber presentar los siguientes documentos:
    • En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anejo del Real Decreto Ley 19/2012, que se efectúen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o inferior a 300 metros cuadrados, declaración responsable o comunicación previa (en los términos el artículo 71.bis de la Ley 30/1992) y, en su caso, justificante de pago del tributo pertinente.

  • En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anexo del Real Decreto Ley 19/2012, que se realicen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o inferior a trescientos metros cuadrados, declaración responsable o bien comunicación previa (en los términos el artículo 71.bis de la Ley 30/1992) y, en su caso, justificante de pago del tributo pertinente.

En el resto de actividades y prestaciones de servicios profesionales, relación de las autorizaciones o bien licencias que se exijan para la instalación, apertura o bien funcionamiento de la actividad proyectada o bien para el ejercicio profesional, indicando, la situación en la que se halle los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud frente a los organismos correspondientes.

  • Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o bien compromiso de apoyo por una parte de instituciones financieras o bien otras.
  • Proyecto de establecimiento o bien actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad aguardada y, en su caso, puestos cuya creación se prevea.


  • Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente demandada para el ejercicio de la profesión.
  • Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o bien compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  • Proyecto de establecimiento o bien actividad a efectuar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos cuya creación se prevea.

  • Copia de la documentación que acredite tener la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente demandada para el ejercicio de la profesión.
  • Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  • Proyecto de establecimiento o actividad a efectuar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos cuya creación se prevea.

A título de ejemplo y con independencia de su justificación mediante otros medios admisibles en Derecho, los apartados b), c) y d) pueden ser acreditados por el informe de valoración emitido por una de las próximas organizaciones:

  • Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA)
  • Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos (ASNEPA)
  • Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado De España (CIAE)
  • Organización de Profesionales y Autónomos (OPA)
  • Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE)

RECORDAR que cuando se aporten documentos de otros países habrán de estar traducidos al castellano o bien lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud y adecuadamente legalizados o apostillados.

El procedimiento a seguir en el arraigo social:

  • Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente, o bien su representante legal en el presunto de ser menor o bien incapaz.
  • Lugar de presentación: en la que el extranjero tenga fijado el domicilio.
  • Tasa de vivienda temporal por circunstancias excepcionales: se devengará en el instante de admisión a trámite de la solicitud, y va a deber abonarse en el plazo de diez días hábiles, es:
    • Modelo setecientos noventa código cincuenta y dos, epígrafe veinticinco “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales”: a abonar por el extranjero………..……..36,06 euros

  • Plazo de resolución de la solicitud: 3 meses contados a partir del día después a la data en que haya tenido entrada en el registro del órgano eficiente para su tramitación. Pasado dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desechada por silencio administrativo.
  • La concesión de la autorización de residencia, lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta extraña o bien propia en España durante la vigencia de aquella, si los medios de vida acreditados derivan de una actividad por cuenta extraña o bien propia.
  • En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de vivienda por circunstancias excepcionales, deberá realizarse, en su caso, la afiliación y/o alta de la Seguridad Social por la misma empresa que figura en el contrato que obra en el expediente. Cumplida la condición, la autorización empezará su periodo de vigencia.
  • En el en el caso de que los medios económicos no deriven de actividad por cuenta extraña o bien propia, la vigencia de la autorización empezará desde la notificación de la concesión de la autorización.
  • En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de vivienda por circunstancias excepcionales, el extranjero deberá pedir personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
  • Modelo 790 código cincuenta y dos, epígrafe veinticinco “autorización de vivienda temporal por circunstancias excepcionales”: a abonar por el extranjero………..……..36,06 euros

© mundojuridico.info - El arraigo social

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Oficinas Extranjeria Málaga

Oficinas Extranjeria Málaga

Continua leyendo si debes realizar un tramite en extranjeria más abajo encontrarás los detalles de la oficina más cercana en Málaga. Además encontrarás información de otros centros en los alrededores.

Tramites y gestiones

Aquí te dejamos una lista de ciertas gestiones que podrás efectuar en extranjería Málaga:

  • Autorizaciones para trabajar. Residentes
  • Contratos de trabajo en origen
  • Renovar autorizaciones
  • Autorización y renovación de residencia temporal
  • Residencia temporal de los retornados voluntariamente al país de origen
  • Certificados y asignación de NIE
  • Autorización de estancia por estudios
  • Estancia en España
  • Residencia temporal
  • Cédulas de inscripción

Los 4 gestiones más demandados en Málaga:

  • una de las gestiones más habituales es la toma de huellas de larga duración.
  • La segunda administración más realizada en extranjería es la relacionada con la tarjeta comunitaria.
  • Ver estado de expedientes.
  • Ver estado de expedientes.

Cómo pedir cita en Málaga por internet:

Existen 3 formas para poder pedir cita anterior en Extranjeria: Por teléfono, por la red o mediante la APP extranjeria.

A continuación encontrarás un tutorial con el que podrás conseguir tu cita en extranjería por APP o internet.

Si no consigues hacerlo online o por la APP y escoges hacerlo por teléfono, entra en tu oficina más próxima que te dejamos a continuación para poder ver el teléfono.

Mapa con todas las oficinas de inmigración de Málaga:

Verás aquí abajo un listado con todas las oficinas para extranjeros de Málaga, entra la que más cerca te quede para acceder a teléfono, dirección y horario.:

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Ten en cuenta que el horario estandard de las oficinas es de nueve de la mañana a dos de la tarde.

Esta web no es parte de ningún organismo oficial. Solo queremos ofrecer información de calidad a personas que lo puedan precisar.

Si te surge alguna duda pon un comentario abajo y también intentaremos asistirte.

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Los Abogados Denuncian La Falta De Control Judicial Del 80 De Los Inmigrantes Argelinos

Los Abogados Denuncian La Falta De Control Judicial Del ochenta por cien De Los Inmigrantes Argelinos

La polémica política generada en el mes de septiembre por la puesta en libertad en Cartagena de treinta argelinos llegados en pateras, sin ser trasladados ya antes a la disposición del juez de guarda, ha derivado en una movilización de los abogados de la comarca para exigir explicaciones al Gobierno central sobre una serie de práctica que consideran «insólitas, alarmantes e inclusive irregulares». Concretamente, el Instituto de Abogados estudia elevar una protesta ante el delegado del Gobierno, Francisco Jiménez (del Partido Socialista), por el hecho de que solo 65 de los 509 inmigrantes llegados a la ciudad en las 2 últimas de embarcaciones tuvieron asistencia de un letrado.

Este colectivo profesional también desea conocer los motivos por los que la gran mayoría de estas personas no fueron puestas a predisposición judicial, como sí se ha hecho en decenas y decenas de ocasiones durante los años. No es una medida ilegal, puesto que el traslado al juzgado es una potestad del Ministerio del Interior, pero lo normal es que la Policía Nacional lleve a los extranjeros hasta el juzgado para pedir autorización para el internamiento temporal, dentro del expediente de expulsión de España por intento de entrada ilegal en el territorio nacional.

Datos clave

En el caso de los extranjeros que quedaron libres en las calles de la ciudad el 20 de septiembre, el Municipio tuvo perseverancia por medio de taxistas de que estas personas tomaron rumbo a Barna y Zaragoza, con el propósito de cruzar la frontera y llegar a Francia. Desde ahí, ciertos procurarían lograr más tarde Bélgica y Alemania. asesoria de extranjeria


«No tenemos ni la más remota idea de si les han gestionado los expedientes o si los han liberado directamente»

Según indicaron fuentes judiciales, salvo en el caso de menores de edad y mujeres embarazadas o con menores a su cargo, 2 opciones se abren para los inmigrantes, si no son llevados frente al juez. Una es que salgan de la Comisaría y queden en la calle con un documento de devolución, con la obligación de estar localizables para asegurar el regreso a su país natal. La segunda pero remota opción alternativa es que, al no haber sitio en centros de internamiento de extranjeros (CIE) como el de Sangonera, haya una 'devolución en caliente'.


Críticas al «efecto llamada»

Tanto en un caso como en el otro, los abogados estiman que se trata de procedimientos no recomendables, por diferentes motivos. abogado de extranjería en valencia Argumentan que los inmigrantes están en su derecho a ser conducidos hasta el «juez natural», esto es a que haya un control de su situación por la parte de la Administración de Justicia en el partido judicial al que arriban; y añaden que quedan desamparados, frente a posibles situaciones que requieran medidas de protección como el asilo o bien el no tener cumplidos los dieciocho años de edad. Esto último implica la realización de pruebas por parte de los forenses del Instituto de Medicina Legal. Un abogado del turno de oficio reconoció que, un día en el que había norteafricanos en la Comisaría, fue avisado para acudir a un detenido por otro asunto pero no a estos.


El Colegio advierte de la posible transgresión de derechos de menores y de demandantes de asilo

Según los datos a los que ha accedido este diario, en datas no precisadas entre el veinte de septiembre y el 9 de octubre pasaron a predisposición judicial ciento seis inmigrantes llegados en pateras. Conforme fuentes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), treinta y uno llegaron al Juzgado de Instrucción tres de Cartagena; sesenta y siete al de Instrucción 4; y ocho al de Instrucción 5. Esa cifra de 106 personas equivale al veinte por ciento de los 509 inmigrantes localizados y salvados en ese periodo, frente a las costas de la Región, conforme la información facilitada por la Delegación del Gobierno. Dicho de otro modo, el ochenta por ciento de los argelinos (un dato adelantado hace algunos días por Onda Cero Murcia) no comparecieron frente al juez.

En teoría, todos los extranjeros a los que sí vieron los jueces deberían haber tenido el socorro de un letrado. Sin embargo, los datos recabados hasta el día de ayer por el Colegio de Abogados, la institución que tiene como decano a Antonio Navarro, solo tuvieron esa asistencia 65 personas procedentes del Norte de África.


La mayoría de los puestos en libertad se trasladaron a Francia por Barna y Zaragoza

El miembro del Congreso de los Diputados segundo y responsable del turno de oficio del Instituto, Miguel Pouget, explicó a este diario que esta entidad celebrará en los próximos días una asamblea para abordar lo ocurrido en las últimas semanas con la crisis de las pateras. Y avanzó, que, prácticamente con toda probabilidad, la institución reclamará de forma oficial explicaciones acerca de la actuación de la Policía y del aparato gubernamental del Estado, en lo que afecta a la asistencia jurídica.

«No tenemos ni idea de de qué manera se han hecho las cosas, si a estas personas se les ha gestionado los expedientes pese a no haber asistencia letrada o bien si se les ha dejado en libertad directamente», comentó Pouget. Y añadió que en el Instituto estiman que «el traslado de inmigrantes que han llegado a Cartagena a la comisaría de Murcia -también hubo reparto de inmigrantes por Molina de Segura y Lorca- supone una falta de rigor competencial totalmente brutal, incluso cara la competencia del juez penal, si es necesaria su intervención» por la posible comisión de delitos, como el del favorecimiento de la inmigración ilegal.

En estas últimas 2 oleadas, la Policía logró que los jueces imputaran a un hombre sospecho de ser el piloto o 'paterista' de una de las embarcaciones, como a 6 por el asesinato por imprudencia de un niño de once años ahogado en la travesía por el Mar Mediterráneo.

«Ha habido una desviación absoluta, sin justificación, por el hecho de que hay que dotar de medios a los jueces competentes», apuntó Pouget. Y recordó que se pude haber pervertido «el derecho constitucional a un juez natural», lo que puede producir una eventual protesta ante el Consejo de Europa. inmigracion abogado Este especialista señaló asimismo que los afectados pueden caer en situación de «indefensión», si no conocen la lengua castellana y, con ello, tampoco el sentido y alcance de las resoluciones administrativas. En los juzgados, las comparecencias se realizan con presencia un traductor, para asegurar la seguridad jurídica.

A través de un portavoz, Jiménez anunció su compromiso de responder el día de hoy a 'La Verdad' sobre su administración de esta crisis. Días atrás, tras las críticas de Municipio, Partido Popular, Cs, MC, Podemos-Iu-Equo y Vox por el «efecto llamada» debido al trato a los extranjeros y por el potencial peligro de conflictos de seguridad y sanitarios, defendió la legalidad de las medidas, en coordinación con los ministerios del Interior y de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Asimismo denunció un «acoso institucional y político», a pesar de «un drama humanitario como la inmigración».


El dispositivo de hace dos años

Los populares insistieron en que debe dar explicaciones en la Asamblea Regional, entre otras muchas cosas por el hecho de que cincuenta de argelinos pasaron la noche del 6 al 7 de octubre acostados en sillas, bajo una carpa de tela y plástico en el patio de la Comisaría cartagenera.

En el Instituto de Abogados recordaron que, en octubre de dos mil diecisiete, previa coordinación entre el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y la Delegación, decenas de personas, entre jueces, funcionarios, traductores y letrados montaron 2 juzgados de guardia, uno de ellos en el pabellón situado al Centro Integrado de Formación Profesional Hespérides. Allá tomaron declaración a doscientos ochenta y cinco de los 534 inmigrantes llegados en más de cincuenta pateras. Los 150 trasladados a Murcia, Lorca y Molina de Segura pasaron «de forma excepcional» por los juzgados de estas zonas, algo que ahora no ha sucedido.

Los argelinos acabaron entonces en la prisión de Archidona (Málaga), en la mitad de una fuerte controversia por no estar habilitada como CIE. Quien era encargado gubernamental, Francisco Bernabé (del PP), había llegado al cargo precisamente por el hecho de que el también popular Antonio Sánchez-Solís dejó en las calles de Cartagena a sesenta argelinos. Ahora, es el socialista Jiménez quien está en el ojo del huracán político.

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Ley 9/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratis de Aragón.

TEXTO CONSOLIDADO: «Texto inicial publicado el 31/10/2017»

[Bloque 1: #pr]

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello conforme a lo preparado en el artículo cuarenta y cinco del Estatuto de Autonomía de Aragón.

PREÁMBULO

1. Necesidad de la norma

No hay mayor desigualdad que la desigualdad ante la Justicia.

Esta Ley tiene como objeto completar las prestaciones que se incluyen en el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita definida en la legislación nacional con la intención de incluir aquellos servicios de asesoramiento y orientación jurídicos que procuran aportar un carácter universal a la Justicia.

Se trata de unos servicios que, en la configuración actual de nuestra sociedad, se han revelado precisos a fin de que todos y cada uno de los ciudadanos, y de forma especial aquellos que carecen de recursos para litigar, puedan acceder a una asistencia y orientación jurídica previas al pleito en los Tribunales, sin que esta necesidad conlleve un desembolso que se presenta imposible.

Estos servicios en nuestros días, y desde hace muchos años, se vienen prestando por los profesionales del Derecho por medio de los Institutos Profesionales de Abogados.

Con el tiempo, la Administración pública ha visto la necesidad de incorporarlos al catálogo de servicios públicos que presta, incluyéndolos en los presupuestos de la Administración para asegurar su financiación pública, mas confiando su prestación a aquellas organizaciones profesionales que tienen la capacidad más que probada para llevarlos a cabo, con todas las garantías legales exigibles y bajo el paraguas de la deontología profesional.

El artículo veinticuatro de la Constitución de España de mil novecientos setenta y ocho establece como un derecho esencial la tutela judicial eficaz. En desarrollo de esa tutela judicial eficaz fija en su artículo ciento diecinueve que «La justicia va a ser gratis cuando de este modo lo disponga la Ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar».

Este texto determina 2 circunstancias posibles de gratuidad de la justicia: el primero, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos y, el segundo, en cualquier otra circunstancia que una regla de rango legal así lo indique. Esto hace preciso acudir a una regla con rango de Ley en el momento de regular ciertos servicios que se deben incluir en la gratuidad de la justicia, como los asesoramientos y orientaciones jurídicas a ciertos colectivos, independientemente de su situación económica.

Por otro lado, en mil novecientos ochenta y cinco se aprobó la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que en su artículo veinte indica que se regulará por Ley un sistema de justicia gratis que dé eficiencia al derecho declarado en los artículos 24 y 119 de la Constitución, en los casos de insuficiencia de recursos para litigar. abogados de extranjeria

2. Incardinación normativa y justificación competencial

Desde que se aprobó la Constitución española recogiendo el derecho a la asistencia jurídica gratuita hasta el momento en que se aprobó una Ley que desarrollara este derecho pasaron prácticamente veinte años. Es la Ley 1/1996, de diez de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, la que define los límites de este derecho, que incluye qué debe y qué no debe ser considerado como una parte del mismo.

De esta manera, el artículo 6 de la Ley 1/1996, de diez de enero, de Asistencia jurídica Gratis, fija el contenido material del derecho a la asistencia jurídica gratis y declara que incluye, entre otros muchos, el asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso a quienes pretendan demandar la tutela judicial de sus derechos y también intereses, como información sobre la posibilidad de recurrir a la mediación o bien otros medios extrajudiciales de solución de enfrentamientos, en los casos no prohibidos expresamente por la Ley, cuando tengan por objeto evitar el enfrentamiento procesal o analizar la aptitud de la pretensión.

Es puesto que, dentro de ese asesoramiento y orientación jurídicos anteriores al proceso, cuando se tenga por objeto evitar el conflicto procesal o bien analizar la viabilidad de la pretensión, que entran en juego una serie de servicios que vienen prestando hoy día los Institutos de Abogados de Aragón con financiación pública.

El Estatuto de Autonomía de Aragón reconoce en el artículo seiscientos setenta y cuatro que corresponde a la Comunidad Autónoma la ordenación y organización de los servicios de justicia gratuita y orientación jurídica gratis.

Posteriormente, el Real Decreto 1702/2007, de 14 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, en el apartado B)1.2.e) de su anexo, incluye expresamente entre las funciones asumidas por la Comunidad Autónoma el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

A pesar de que las competencias en materia de Administración de Justicia fueron transferidas con una financiación insuficiente y de que los avances de la Comunidad Autónoma en la mejora de esta materia suponen un esfuerzo económico importante para los aragoneses, en virtud de nuestras competencias y siendo de manera plena siendo conscientes de la necesidad de progresar la cobertura y las garantías de la prestación de asesoramiento y orientación jurídicos, legislamos este asunto, sin que ello sea impedimento para reconocer que el Estado es quien debería garantizar el pago del costo de estos servicios y, en consecuencia, que no renunciamos a demandar del Gobierno central el aumento de la financiación transferida para este fin.

Por tanto, en razón de las competencias en materia de Administración de Justicia contenidas en el Estatuto de Autonomía de Aragón y traspasadas a la Comunidad Autónoma por el Real Decreto 1702/2007, la presente Ley pretende regular, comprendidos en el asesoramiento y orientación jurídicos gratis, aquellos servicios que hoy en día ya se vienen prestando por los Colegios de Abogados de Aragón y que disfrutan o han disfrutado del reconocimiento como servicios públicos.

3. Intervención de los Institutos de Abogados

Estos servicios los vienen prestando los Institutos de Abogados, en ocasiones desde hace más de veinte años, a pesar de que no siempre la financiación pública es suficiente ni está asegurada por un tiempo estable, ni como es lógico a consecuencia de una cobertura legal que la haga obligatoria, sino depende de las líneas políticas prioritarias que se apliquen en cada momento.

Por ello, se considera preciso dar un marco legal a esta serie de servicios que vienen prestando los Institutos de Abogados como únicos capaces de prestarlos con la adecuada garantía y solvencia profesional, dando reconocimiento a esta realidad y ofertando cobertura legal a unos servicios que, como queda reflejado en la Ley 1/1996, se pueden incluir en el contenido material del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Se trata de integrar dentro del derecho de asistencia jurídica gratis una serie de servicios de asesoramiento y orientación jurídicos con la intención de dar un cierto grado de universalidad a la justicia gratis. Estos servicios vienen siendo prestados por los Colegios de Abogados de Aragón, como Corporaciones de Derecho público que son, en ocasiones desde hace más de veinte años, incluso antes que cualquier Administración pública decidiera financiarlas por entender que son parte de sus prioridades políticas.

Por otro lado, cuando la legislación estatal regule en la capacitación profesional de los graduados sociales su integración a la representación técnica gratuita en el campo de la jurisdicción social, en Aragón se considerará, consecuentemente, en la presente Ley y en su desarrollo.

4. Justificación de los servicios

Estos servicios de asesoramiento y orientación jurídicos en nuestros días consisten en, por lo menos, las modalidades recogidas en esta Ley, que de la manera más básica cubren las necesidades detectadas en la justicia gratis por parte de quienes están día tras día al cargo de este servicio público, y son:

– Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica para Inmigrantes (SAOJI), que aparte del anclaje competencial normativo explicado en el punto precedente, también tiene su base competencial de fondo, por la materia regulada, en el artículo setecientos cincuenta y seis.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, que regula la competencia compartida en materia de integración de inmigrantes, de manera especial el establecimiento de las medidas necesarias para su conveniente integración social, laboral y económica, así como la participación y colaboración con el Estado, mediante los procedimientos que se establezcan en las políticas de inmigración.

– Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica a la Mujer (SAM). En este servicio, la competencia material de fondo la contempla el artículo setenta y uno y treinta y cuatro.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón regulando la competencia exclusiva en acción social, que entiende la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atiende a aquellos colectivos necesitados de protección singular. Igualmente, el artículo 71.37.ª del Estatuto de Autonomía contempla la competencia exclusiva en políticas de igualdad, que entienden el establecimiento de medidas de discriminación positiva, prevención y protección social ante todo género de violencia y, especialmente, a la de género.

En el caso del servicio de asistencia y orientación jurídica a la mujer hay que resaltar que en este texto legal se trata de reorientar la protección a las mujeres de forma íntegra.

– Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP) Tiene su base material competencial en el artículo 77.11.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, que recoge la competencia ejecutiva en cuanto al sistema penitenciario.

Finalmente, no se han incluido en el ámbito de esta Ley, por el momento, otros posibles servicios de orientación y asesoramiento jurídicos gratis, como serían los relativos a las personas mayores y a la mediación extra o bien intrajudicial, pendientes aún de estudios y regulaciones concretas más elaborados.

[Bloque 2: #ci]

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

[Bloque 3: #a1]

1. mejor abogado de nacionalidad española El objeto de esta Ley es regular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratis previos al proceso para quienes pretendan demandar la tutela judicial de sus derechos e intereses, cuando tengan por objeto evitar el enfrentamiento procesal o examinar la viabilidad de la pretensión.

2. La finalidad de la Ley es asegurar la cobertura de los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos a aquellas personas que por algunas de sus peculiaridades personales o económicas no puedan costear el costo de aspectos relacionados con el asesoramiento y orientación derivados del derecho a la tutela judicial eficaz.

3. Los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratis son un servicio social público.

4. Los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos comprendidos en el campo de esta Ley son el Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica a Inmigrantes, el Servicio de Asesoramiento Jurídico Personalizado a Mujeres y el Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria.

[Bloque 4: #a2]

A efectos de lo preparado en la presente Ley, se entiende como asesoramiento y orientación jurídicos las consultas y tramitaciones jurídicas y administrativas, las que, en cualquier caso, habrán de ser anteriores, distintas o independientes de cualquier procedimiento judicial en que la intervención de letrado sea preceptiva.

Asimismo, los turnos de guarda van a ser aquellos sistemas de organización del servicio que conlleve la precisa presencia o localización para su personación en un breve lapso de tiempo de letrados especializados en la materia con la intención de prestar los servicios a las personas que requieran de asesoramiento y orientación jurídicas desde exactamente el mismo instante en que se ponga de manifiesto esa necesidad.

La organización del servicio para prestar turnos de guardia será establecida en la normativa de desarrollo pertinente.

[Bloque 5: #a3]

Tienen derecho a los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos regulados en esta Ley:

a) Los inmigrantes que se encuentren en algún ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón y se encuentren en situación de peligro de exclusión social.

b) Las mujeres residentes en Aragón, incluyéndose de manera expresa en este derecho los servicios previstos en la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón.

c) Los internos recluidos en centros penitenciarios ubicados en esta Comunidad Autónoma, sin recursos económicos suficientes, y los menores de edad internos en centros de reforma ubicados en Aragón.

[Bloque 6: #a4]

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Ley los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos que requieran intervención preceptiva de letrado, desde el instante en que se manifieste tal necesidad.

[Bloque 7: #a5]

1. Los Colegios de Abogados de Aragón van a ser los encargados de regular y organizar mediante sus Juntas de Gobierno los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos incluidos en esta Ley, garantizando en todo caso su prestación continuada y atendiendo a criterios de funcionalidad y de eficiencia en la aplicación de los fondos públicos puestos a su disposición, todo ello de manera coordinada con el departamento de la Administración autonómica competente en materia de Justicia.

2. Los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos van a ser prestados por abogados colegiados en ejercicio y adscritos a semejantes servicios y con acreditada experiencia y formación especializadas, de acuerdo con los criterios establecidos por los Institutos de Abogados de Aragón, desarrollando su actividad con libertad e independencia de criterio, con unión a las reglas deontológicas y a las normas que disciplinan el funcionamiento de los servicios colegiales en este ámbito.

3. Los Colegios de Abogados de Aragón establecerán sistemas de distribución objetiva y equitativa de los distintos servicios complementarios por turnos, como los medios para la designación de los profesionales especializados. Dichos sistemas serán públicos.

4. Los Institutos de Abogados van a contar con un turno de guardia permanente, con presencia física o bien localizable de los letrados, y a disposición de los servicios a lo largo de las 24 horas del día, para la atención conveniente y complementaria a los servicios de asistencia y orientación jurídicas a mujeres y a inmigrantes.

[Bloque 8: #a6]

El Gobierno de Aragón subvencionará con un carácter finalista y a cargo de sus dotaciones presupuestarias la implantación y prestación de los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos por los Institutos de Abogados de Aragón.

El importe de dichas subvenciones finalistas se destinará a cubrir tanto las actuaciones profesionales previstas en esta Ley por parte de los letrados adscritos a los servicios como el coste que produzca a los Institutos de Abogados de Aragón la organización y el funcionamiento operativo de los servicios.

[Bloque 9: #ci-2]

CAPÍTULO II

Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica a Inmigrantes

[Bloque 10: #a7]

1. El Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica a Inmigrantes consiste en un Servicio de consultas y tramitación jurídica para inmigrantes sobre derecho de extranjería, derecho migratorio y de protección internacional, para todo trámite administrativo con aplicación de la normativa reguladora de extranjería, de esta forma para cualesquiera de sus recursos en vía administrativa y cualquier otra tramitación administrativa que se deban efectuar en la Comunidad Autónoma de Aragón en orden a garantizar su protección jurídica como ciudadanos.

2. Quedan expresamente incluidos los servicios de asesoramiento y la tramitación de asuntos relacionados con menores extranjeros desde el momento en que sean tutelados por la Administración de la Comunidad Autónoma.

3. Igualmente quedan incluidos el asesoramiento y tramitación solamente en materia de extranjería de temas relacionados con presos extranjeros internos en los centros penitenciarios existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicho asesoramiento y tramitación será prestado en los propios centros penitenciarios.

[Bloque 11: #a8]

Para adscribirse a este Servicio, los letrados deberán tener una experiencia profesional y capacitación en materia de derecho de extranjería y protección internacional y derecho migratorio por lo general de por lo menos 3 años, que se acreditarán por los respectivos Colegios de Abogados de Aragón ante el Gobierno de Aragón, tras la superación de la capacitación especializada que en todos y cada momento estos establezcan.

[Bloque 12: #a9]

1. La prestación del Servicio se efectuará en dos fases, de consultas iniciales y de tramitación.

2. El servicio de consultas iniciales, tras estudiar el campo material de la consulta, determinará si esta se incluye en las características del Servicio regulado en esta Ley y si el sujeto cumple los requisitos subjetivos exigidos, derivándolo en su caso al servicio de tramitación.

3. El servicio de tramitación va a recibir el expediente autorizado por el servicio de consultas iniciales y realizará la tramitación eficaz del asunto en cuestión.

4. El letrado adscrito al servicio de tramitación se encargará del asunto encomendado desde sus orígenes hasta su finalización, y realizará cuantas gestiones profesionales sean precisas para el cumplimiento de la tramitación asignada.

Los Institutos de Abogados de Aragón, a fin de garantizar la unidad de defensa, procurarán la designación de ese mismo letrado en aquellos procedimientos de intervención letrada preceptiva cuando el extranjero cumpla los requisitos subjetivos para acceder a la asistencia jurídica gratis.

[Bloque 13: #ci-3]

CAPÍTULO III

Servicio de Asesoramiento Jurídico Individualizado a Mujeres

[Bloque 14: #a1-2]

1. El Servicio de Asesoramiento Jurídico Personalizado a Mujeres incluye la orientación jurídica puntual y gratuita en los temas que la demandante plantee. Igualmente entenderá la formación necesaria y el apoyo preciso para la realización de los trámites de petición para la asistencia jurídica gratuita.

2. Quedan excluidas, en cualquier caso, del campo de actuación de los letrados que prestan el servicio de asesoramiento individualizado la tramitación directa de asuntos, la redacción de cualquier género de documento o la recomendación de profesionales.

3. El Servicio de Asesoramiento Jurídico Individualizado conllevará también la organización de un servicio de turno de guarda especial en todos y cada uno de los partidos judiciales de Aragón para aconsejar a la mujer víctima de cualquier violencia desde el instante previo a la interposición de la denuncia o bien querella.

4. Este Servicio se regulará con el Instituto Aragonés de la Mujer o bien otro órgano de la Administración autonómica competente en materia de mujer, y va a estar sujeto a control por parte del Gobierno de Aragón para asegurar la correcta coordinación y prestación del Servicio.

[Bloque 15: #a1-3]

El Servicio de Asesoramiento Jurídico Personalizado a Mujeres deberá prestarse por letrados agremiados en el ámbito de los respectivos Colegios profesionales.

Los letrados van a deber acreditar una experiencia profesional de al menos tres años y ser todos especialistas en derecho civil y penal. También, deberán contar todos ellos con conocimientos específicos en materia de violencia contra la mujer y de igualdad de género, que se acreditarán por los respectivos Institutos de Abogados de Aragón ante el Gobierno de Aragón, tras la superación de la formación especializada que en todos y cada instante estos establezcan.

Los Colegios de Abogados de Aragón, en coordinación con el Gobierno de Aragón, organizarán el Servicio con total libertad, teniendo presente siempre y en toda circunstancia la necesidad de poder prestarlo en todas y cada una de las Regiones aragonesas incluidas en el campo de sus Colegios.

[Bloque 16: #ci-4]

CAPÍTULO IV

Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria

[Bloque 17: #a1-4]

El Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria facilita información, orientación y asistencia jurídica sobre legislación penitenciaria, régimen disciplinario, cumplimiento de penas y medidas judiciales y derechos generalmente a todos y cada uno de los reclusos que se encuentren internos en los centros penitenciarios ubicados en Aragón, así como a los menores internados en centros de reforma ubicados en esta Comunidad Autónoma.

También orientará sobre situaciones de carácter jurídico que pudieran dar lugar a designación de letrado del turno de oficio en los ámbitos civil, laboral y administrativo. Del mismo modo, el Servicio pretende facilitar la designación de abogados por el turno de oficio cuando esta no haya sido automática y progresar la comunicación con los abogados de oficio ya designados cuando esta no hubiera sido posible.

[Bloque 18: #a1-5]

Para adscribirse a este Servicio, los letrados deberán tener una experiencia profesional de al menos tres años y contar todos ellos con conocimientos concretos en derecho penitenciario, que se acreditará por los Institutos de Abogados de Aragón ante el Gobierno de Aragón, tras la superación de la capacitación especializada que en cada momento estos establezcan.

[Bloque 19: #a1-6]

El Servicio necesariamente se prestará en el centro penitenciario de internamiento o bien en el centro de reforma, en dependencias convenientes para la comunicación personal y reservada del interno con el abogado.

[Bloque 20: #a1-7]

Siempre con la debida autorización de la persona privada de libertad, el letrado que le asista en este Servicio tendrá derecho a acceder al contenido del expediente personal penitenciario, así como al protocolo de personalidad, con traslado de copia de los informes y documentos contenidos en exactamente el mismo, y especialmente los que traten sobre su situación procesal, penitenciaria y de salud y consten en el expediente.

El mismo derecho se ostentará, y con las misma condiciones, para el acceso al expediente personal del menor interno en cualquier centro de reforma.

[Bloque 21: #da]

Anualmente, los Colegios de Abogados de Aragón publicarán en sus portales electrónicos la memoria anual de las actividades efectuadas y van a hacer entrega de ellas a las Cortes de Aragón para su presentación en la Comisión competente en la materia.

[Bloque 22: #da-2]

El Gobierno de Aragón, en ejercicio de sus competencias en materia de régimen local, podrá establecer pactos con las Administraciones locales que muestren interés para establecer mecanismos de colaboración y permitir la administración de los Servicios contemplados en esta Ley en el ámbito territorial de cada una de ellas. abogados extranjeria fuengirola

[Bloque 23: #da-3]

Las menciones genéricas en masculino que aparecen en esta Ley se entenderán también referidas a su correspondiente femenino.

[Bloque 24: #dt]

Aquellos Servicios que tengan contrato en vigor con algún departamento del Gobierno de Aragón proseguirán ejecutándose a lo largo del plazo acordado hasta que finalice su vigencia, sin la posibilidad de aplicar prórroga alguna. Aquellos que estuvieran en periodo de prórroga concluirán esta sin que se les pueda acordar otra prórroga suplementaria.

[Bloque 25: #df]

Cuando, en el campo de la Comunidad Autónoma de Aragón y por requerimiento judicial o bien obligación legal, tengan que ser designados un abogado y, en su caso, un procurador de los Tribunales del turno de oficio, en cualquier orden jurisdiccional, que deban asumir la defensa y representación de la persona física o jurídica, siempre y cuando se acredite la insuficiencia de recursos económicos, exista declaración judicial de insolvencia o se halle en situación de concurso de acreedores, se asimilará su situación a la de los beneficiarios de asistencia jurídica gratuita, teniendo sus derechos idéntico alcance a lo establecido en la normativa estatal.

[Bloque 26: #df-2]

El Gobierno de Aragón, previa consulta con los Institutos de Abogados de Aragón, desarrollará reglamentariamente los Servicios contemplados en esta Ley, entendiendo que, mientras tanto, las prescripciones técnicas particulares de los concursos adjudicados en vigor o los contratos de adjudicación servirán de normativa de desarrollo de los servicios ya existentes.

[Bloque 27: #df-3]

Esta Ley entrará en vigor por mes de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

[Bloque 28: #fi]

Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Zaragoza, diecinueve de octubre de 2017.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

Javier Lambán Montañés.

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El Caso Que Hizo Que Una Exabogada De Ice Se Diera Cuenta De Que El Gobierno Se Estaba Basando En Pruebas Falsas Contra Los Mig

El Caso Que Hizo Que Una Exabogada De Ice Se Diese Cuenta De Que El Gobierno Se Estaba Fundamentando En “pruebas” Falsas Contra Los Migrantes

Laura Peña podía ver que su usuario de treinta y seis años de edad se estaba consumiendo. Demacrado y ojeroso después de estar casi dos meses en la cárcel, Carlos se pasó los dedos por el cabello y abrió las manos para mostrarle los manojos que se le caían. Estaba tan angustiado pues le habían quitado a sus 2 pequeños hijos en la frontera, que apenas podía charlar sin llorar.

Después de que solicitó asilo político, los agentes fronterizos y de inmigración lo acusaron de ser miembro de la conocida pandilla MS-13 en El Salvador, un delincuente no capaz para entrar a los Estados Unidos. Sin embargo, Peña lo observó y no detectó ninguna de las marcas propias de la pertenencia a una pandilla, los exagerados tatuajes de la MS-13, y Carlos no tenía antecedentes penales en su país de origen. Él era el único a cargo del cuidado de su hijo de 7 años y de su hija de 11. Incluso había traído una carta oficial del Ministerio de Justicia de El Salvador, en la que se hacía constar que jamás había estado en la prisión. Había algo más sobre este caso que le incordiaba a Peña, ya que había estado acribillando a los abogados del gobierno con llamadas telefónicas y e-mails a lo largo de semanas, pero ellos aún no habían revelado ninguna prueba que respaldara su acusación.

A diferencia de la mayor parte de los abogados que trabajan pro bono para reunir a familias, Peña estaba familiarizada con la MS-13 porque misma había pedido la deportación de pandilleros mientras que trabajaba como abogada del Departamento de Inmigración y Aduanas (ICE). Ella comprendía la manera en que marcha el sistema, por el hecho de que había formado parte de él. Su largo y rebosante pelo rizado, que la hace lucir más joven que sus 37 años, acompaña a su forma de hablar directa, que raya en categórica, forjada por los años que pasó como fiscal en las filas frontales del discute de la migración. Peña sentía empatía por las dificultades de los clientes como Carlos, cuyo apellido no se emplea en este artículo para resguardarlo. Sin embargo, no estaba dispuesta a darle falsas esperanzas a ninguno de ellos. Si era pandillero, no tenía ninguna posibilidad de conseguir asilo.

“Tiene que haber un error”, insistió Carlos aquel día de diciembre desde el otro lado de la rayada pared de plexiglás en la sala de visitas de la cárcel. “Por favor, ayúdeme”. Con solo verlo, Peña quería asistirlo. Sin embargo, el sistema que ella había conocido, tan lleno de imperfecciones, se había convertido en una caja negra que ya no le era posible entender, con un conjunto siempre y en todo momento alterable de reglas y políticas que daban una discreción incalculable al gobierno. Ella ni tan siquiera podía hacer que los abogados de ICE cumpliesen con uno de los principios esenciales de un sistema justo, el de administrar pruebas de su caso, patentiza contra la que pudiera luchar.

Para Peña y sus colegas, los casos como el de Carlos anunciaban una nueva y preocupante era. Los esfuerzos de la administración de Trump por implementar políticas migratorias más estrictas, como la separación de las familias, dejaron a un lado años de precedentes legales. Entonces, cuando el sistema judicial respondió revocando en público esas políticas, la administración descubrió formas nuevas de seguirlas calladamente. Peña y sus colegas de repente comenzaron a localizar cientos de casos nuevos de separación de familias a lo largo de la frontera, los cuales empezaron después de que la política de “cero tolerancia” supuestamente ya había terminado en el primer mes del verano de 2018. Sin embargo, absolutamente nadie podía dar seguimiento a lo que el gobierno estaba haciendo con cada caso.

Ahora, aquí estaba Carlos, quien sencillamente parecía ser un papá estresado por una profunda pena. Al comienzo, Peña había sentido escepticismo hacia él. Cuando se conocieron en el mes de noviembre de 2018, lo único que ella sabía era que lo consideraban una amenaza tal, que ICE y el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) lo habían puesto en la sección de la cárcel de Laredo, Texas, designada para los criminales violentos. Peña empleó el entrenamiento que le dieron en ICE para analizar su historia en pos de contradicciones, de señales de que estuviese mintiendo. Su principio guía era “confía, mas verifica”. Ya había repasado con él sus antecedentes en múltiples ocasiones, como su historia de por qué había huido de El Salvador y de su empleo como gerente del almacén de una firma de diseño arquitectónico. Había hecho que repasase su historia una y otra vez hasta quedar satisfecha.

Como abogada pro bono del grupo legal sin fines de lucro Texas Civil Rights Project, Peña tenía una creciente pila de casos sobre su escritorio. Había pasado los últimos 6 meses monitoreando los procesos de “cero tolerancia” en el tribunal, en busca de separaciones ilegales. Su misión era sencillamente reunir a Carlos con sus hijos. Él tuvo más suerte que la mayor parte, ya que la tenía a ella para que hiciese preguntas en su nombre. La mayoría de los migrantes detenidos en la frontera nunca ven a un abogado, y menos logran entender de qué manera deben defenderse contra los alegatos que se presentan contra ellos. Carlos era tan solo una gota en un río de casos.

Sin embargo, había algo en ese caso que hizo que ella quisiese ahondar más. ¿Qué era lo que el gobierno no les decía?

Peña, quien medró en Harlingen, Texas, a corta distancia de México, asistió a la escuela con amigos indocumentados y con otros amigos cuyos progenitores trabajaban para la Patrulla Fronteriza y para el Servicio de Inmigración y Naturalización. Creció sumergida en la cultura de los dos lados de la frontera. Salió de ahí en cuanto se graduó de la preparatoria, puesto que logró ingresar al reputado Wellesley College y después obtuvo empleo en el Departamento de Estado, donde se enfocó en la seguridad y los derechos humanos en América Central.

Sin embargo, Peña ansiaba continuar los pasos de su padre y transformarse en abogada; así que asistió a la escuela nocturna de leyes en Georgetown. Tras graduarse, agobiada por conseguir experiencia en pleito, se enteró de que ICE buscaba abogados. Peña no estaba segura de estar lista para deportar a personas. La mayor parte de su familia y los pocos amigos a quienes les dijo se mostraron abatidos ante esa idea. Como temía que no volviesen a dirigirle la palabra jamás, escondió sus planes y no les notificó a sus amigos del planeta de la defensa migratoria. Sin embargo, su padre, quien en alguna ocasión asimismo fuera un joven abogado novato, comprendió su dilema mejor que la mayor parte. “Haz lo que tengas que hacer”, le aconsejó. “No te preocupes con lo que puedan meditar los demás”. Uno de sus guías, quien era abogado de migración, la alentó a fin de que solicitara el empleo y tratase de hacer que ICE fuera una agencia más humanitaria desde su interior. “Necesitamos personas con tu mentalidad, que trabajen en el lado del gobierno”, le afirmó a Peña.

La contrataron en dos mil catorce y se mudó a Los Ángeles. El principio del mandato del presidente Barak Obama fue que los abogados de ICE ejercitaran su discreción de procesamiento en los tribunales. Esto quería decir que Peña podía examinar cada caso por sus méritos y enfocarse en deportar a criminales, otorgando al mismo tiempo la opción de quedarse a las familias que calificaban para asilo o bien residencia legal. Dice que trató de ejercer el increíble poder que se le había concedido con justicia y una cautelosa consideración para poder sentirse orgullosa. No obstante, su idealismo duró poco. Caso tras caso, añadió, fue perdiendo gradualmente la idea de que podía ser una repercusión positiva en un sistema migratorio que ya se encontraba en caída libre. Un día en el tribunal, le solicitaron que tomara el caso de un bebé de seis meses de edad que estaba programado para deportación. En alguna una parte del apabullado sistema, el caso del bebé se había separado del de su madre, quien estaba sentada en el tribunal, llorando. El juez, quien estaba colérico, afirmó que ese género de desatiendo podía resultar en la deportación de un bebé de 6 meses sin su madre. Peña se sintió aterrorizada y abochornada, conque anudó las 2 carpetitas de los casos con una liga de hule y escribió “unidad familiar” en la parte superior con una pluma roja; entonces le aseguró al juez que no los apartarían nuevamente. No era la primera vez que el sistema de cómputo de ICE la había desilusionado.

Después tuvo una audiencia en el tribunal que fue particularmente asoladora, en la que tuvo que argüir que a una mujer africana que había sido víctima de una brutal violación y ataque a manos de la milicia de su país natal, no debería otorgársele el asilo por el hecho de que tenía un documento de identificación fraudulento. Mientras el juez ordenaba su deportación, la mujer sufrió un fuerte acceso de pánico y cayó al suelo golpeándose el pecho mientras gritaba “¡No, no!”. Peña supo que nunca podría olvidar la manera en que la mujer había levantado la mirada hacia ella, y con ojos implorantes le había rogado: “Por favor, ayúdeme”.

También hubo otros casos, y cada uno de ellos de ellos se hizo sentir, hasta que simplemente fue demasiado. En los peores días, dijo, sentía que nada de lo que había hecho, o bien de lo que podía hacer, lograría mudar las cosas. Los inmigrantes llevaban siempre y en todo momento las de perder. La mayor parte no podía pagar un abogado. Pocos ganaban sus casos. Peña estaba participando en un sistema que se rehusaba a seguir el debido procedimiento. En ocasiones se preguntaba si había ayudado a mandar a esa mujer africana a morir. La culpa pervivía en el fondo de su psique.

Así que renunció. Admitió un empleo corporativo que ofrecía buen salario en California como letrada de inmigración empresarial, ayudando a empresas a contratar a empleados extranjeros. No obstante, cuando las separaciones de familias llegaron a las noticias en el verano de 2018, sintió la necesidad de regresar a implicarse para tratar de equilibrar la balanza. Con lo que dejó su lucrativo empleo corporativo y, a los treinta y cinco años de edad, regresó a vivir con sus padres en el sur de Texas. Tomó un empleo como abogada visitante con un sueldo modesto en TCRP, que tiene una oficina cerca de los tribunales federales de McAllen, Texas.

No había vivido en la frontera desde hacía prácticamente veinte años. Lo que encontró al retornar fue caos, defensores públicos federales apabullados que procuraban ansiosamente a los hijos de sus clientes del servicio, quienes eran procesados en los tribunales penales conforme a la política de “cero tolerancia” de Trump. Peña y sus colegas de la organización sin fines de lucro se pusieron a trabajar entrevistando a los progenitores y tratando de dar con el paradero de sus hijos que habían sido enviados a otros lugares sin documentación que permitiera conectarlos con sus familiares. Recordó al bebé de 6 meses al que había representado en el proceso de expulsión. En ese tiempo, la separación de familias era poco usual. Ahora era una política oficial que no contaba con ningún plan para reunir a las familias.

A Peña le tomó más de una semana encontrar a los hijos de Carlos. Los encontró en un cobijo del gobierno a las afueras de Corpus Christi, Texas, a 2 horas de distancia por carretera de Laredo. Pasó un par de semanas auxiliares negociando con los funcionarios de ICE y del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), organismo al cargo de inspeccionar los cobijos para niños, a fin de que dejaran una llamada telefónica entre Carlos y sus hijos. La llamada telefónica redujo un poco su ansiedad, mas asimismo fue muy angustiosa. Su hija de 11 años lloró todo el tiempo y le suplicó a Carlos que fuera por ellos. Su esposa, separada de él, quien también es indocumentada y vive en el estado de Washington, había solicitado la custodia, mas ICE precisaba realizar una verificación de antecedentes y tomarle las huellas digitales antes de permitir la liberación de los pequeños.

La esposa de Carlos le había enviado un mail a Peña que incluía una foto de Carlos con sus 2 hijos, en la que todos lucían enormes sonrisas. Se veían muy felices juntos. Quizá fue la fotografía, la relación de comunicación que había desarrollado con él, o la acusación de pandillero que se fundamentaba en unas pruebas misteriosas (que pensaba que eran falsas), pero Peña creía que él merecía otra ocasión.

Sin esa acusación, Carlos y sus hijos seguramente habrían sido procesados como otros solicitantes de asilo y habrían sido liberados con una data para presentarse en el tribunal ante un juez, o habrían sido detenidos juntos en un cobijo para familias. Mas ahora ICE podía deportarlo de forma rápida.

Ella debería tomar personalmente su caso de asilo, pero no podía hacerlo sola. Necesitaría persuadir a otros abogados, de firmas con sólidos medios de tipo económico, a fin de que se unieran al caso como voluntarios. Esto asimismo implicaba que tendría que poner en riesgo su reputación, caso de que se confundiera con Carlos. Ese verano, por fortuna, múltiples firmas de ese tipo habían ofrecido su ayuda a las pequeñas organizaciones sin fines de lucro que se hallan a la cabeza de la lucha contra la separación de familias.

Se acercaba la Navidad cuando llegó el instante de visitar a Carlos y este, consumido en su uniforme rojo de la cárcel, le mostró los manojos del pelo que se le caía. Las cuatro horas de traslado conduciendo desde la casa de sus padres en Brownsville hasta la prisión de Laredo se le estaban volviendo rutinarias. Cada vez que la vieja camioneta Nissan de su madre, que pasaba de las ciento cincuenta con cero millas, tironeaba y traqueteaba en la carretera, subía el volumen de la música pop en español para ahogar el estruendo.

Ese día, Carlos era un manojo de temores, de nunca volver a ver a sus hijos, de la furia de los pandilleros en El Salvador, que habían amenazado con matar a su familia cuando no pudo cumplir con la extorsión que le demandaban. Para ellos, le dijo a Peña, él había desobedecido su autoridad al huir del país, lo cual se castigaba con la muerte.

“Solo venimos a este país pues no teníamos otra opción”, notificó que le había dicho Carlos a voces para que pudiera escucharlo mediante la barrera de plexiglás, pues los teléfonos de la prisión se habían descompuesto nuevamente. “Amenazaron con matar a mis hijos”.

“Le creo”, le afirmó Peña, presionando firmemente la mano contra el plexiglás. “Lo que le han hecho a es una grave injusticia. Mas ahora estoy acá, y voy a ayudarle”.

Sus colegas de TCRP estuvieron velozmente de acuerdo en que el caso de Carlos era lo suficientemente cruel para asegurar su tiempo y recursos limitados, si ella conseguía convencer a una firma más grande a fin de que les ayudase. Se habían enterado de que otras familias habían sido separadas en la frontera debido a vagos alegatos de haber participado en pandillas y querían conseguir respuestas al igual que . Esa noche mandó un SOS a un puñado de firmas más habituadas a representar a compañías del Fortune 500 y a políticos, que a padres de familia sin un centavo y detenidos en migración. En su correo anexó la foto de Carlos con sus hijos. Peña hizo una petición directa de ayuda. “Reunamos a esta familia ya antes de Navidad”, escribió. “¿Quién se unirá conmigo?”

Pasó la Navidad, y también el Año Nuevo. A lo largo del día, Peña creaba estrategias para el caso de Carlos, de esta manera como para otros casos de TCRP. Por la noche, trabajaba en la oficina de la casa de su padre en un informe en el que documentaba los cientos de separaciones de familias que ella y sus colegas habían descubierto. Muchas de las separaciones, como la de Carlos, se basaban en alegatos vagos de pertenecer a pandillas o en un supuesto pasado delictivo. Su única distracción era una alegre perra ovejera a la que adoptó una vez que un día apareció en la puerta de la casa de sus progenitores. Faltaba a baby showers y a fiestas de aniversario, y procuraba pretextos para no acudir a invitaciones a cenar con una amiga que se quejaba de que bien podría haberse quedado en California.

Peña se sentía cada vez más indignada por el hecho de que Carlos continuaba en la prisión sin pruebas. Para empeorar la situación, se aproximaba un cierre del gobierno, y, por consiguiente, los abogados al cargo del caso de Carlos ya no le devolvían las llamadas.

Una firma legal corporativa, Haynes and Boone, respondió a su pedido de ayuda y se ofreció a asistir pro bono (Haynes and Boone representa a ProPublica en un caso de difamación que no está relacionado). La firma cuenta con oficinas en el mundo entero, y precisamente tiene el género de poder legal que ella necesitaba. Un equipo de abogados se puso en acción y presentó una petición de emergencia en la que pidieron que se suspendiera la deportación de Carlos y que se reconsiderara su petición de asilo. En la moción también pedían que se le dejara reunirse con sus hijos mientras que su caso pasaba por el proceso legal. Un juez otorgó de inmediato la suspensión, lo cual les dejó contar con de algo de tiempo.

Sin embargo, para ese instante el gobierno ya se había detenido, mientras que el presidente Donald Trump aducía con el Congreso sobre la construcción de un muro en la frontera. El fiscal al cargo del caso de Carlos le notificó a Peña que su protesta se iría al final de la fila mientras el Departamento de Justicia (DOJ) trabajaba en casos de emergencia, como las expropiaciones de tierras para edificar el muro. Merced al dictamen del juez, Carlos no podría ser deportado en esos días, pero debería continuar en la prisión a lo largo del futuro inmediato.

A Peña le preocupaban los hijos de Carlos. Llevaban más de dos meses encerrados en un cobijo, y a ella le preocupaba que cada día adicional les provocara mayores traumas. Para tranquilizar a Carlos, y tranquilizarse también, condujo durante dos horas al cobijo de Driscoll, un pueblo que se halla cerca de Corpus Christi, para asegurarles que hacía todo lo posible por reunirlos con su papá.

En la sala de visitas, los pequeños usaron los crayones, las plumas y el papel que Peña les llevó a fin de que le hiciesen unos dibujos a Carlos. Su hija lucía lamentablemente delgada y triste, mientras que su hijo trataba de poner una buena cara para evitar que su hermana llorara. Para exactamente la misma Peña fue bastante difícil contener el lloro mientras que estuvo sentada en la mesa con ellos.

“¿Por qué razón no podemos estar con papá?”, recordó que le preguntó la pequeña.

“Yo soy la letrada de tu papá, y estamos trabajando para sacarlo de la cárcel”, le respondió. “Hubo un malentendido cuando cruzaron la frontera”.

“Oh, pensaron que era pandillero”, dijo la niña con naturalidad mientras que dibujaba esmeradamente en su papel.

Peña, quien no tiene hijos propios, recordó lo observadores que pueden ser. “¿Tú piensas que tu papá es pandillero?” le preguntó, observando la cara de la pequeña en busca de una reacción.

“No”, afirmó, mientras que sacudía la cabeza. Entonces comenzó a sollozar. Peña observó que había dibujado una imagen de una familia unida, todos tomados de las manos.

“Pues tampoco lo creo”, le afirmó Peña. “Y de ahí que que pelearemos para sacar a tu papá”.

Cuando Peña salió del refugio del gobierno, subió a la vieja camioneta de su madre que estaba en el estacionamiento, encendió el aire acondicionado y se puso a sollozar.

Como tenía una orden de deportación pendiente, Carlos se había quedado sin opciones en el tribunal de migración. Peña y el equipo legal de Haynes and Boone tendrían que llevar su caso a los tribunales federales. Decidieron cuestionar la separación de Carlos de sus hijos por motivos constitucionales en Washington, D.C. Desde el instante en que se había llevado a cabo la separación de familias por órdenes de Trump, un puñado de casos se había litigado ahí por la inconstitucionalidad de las separaciones. Además de esto, un hecho fundamental era que el juez de distrito de EE. UU. Paul Friedman había ordenado que reunieran a una mujer de El Salvador, cuyos abogados afirmaban que había sido falsamente acusada de ser pandillera, con su hijo de cuatro años. Esperaban que el juez hiciese lo mismo con Carlos.

El gobierno aún no le permitía a Peña repasar un documento clave, conocido como el formulario I-213, aunque ya lo había solicitado varias veces. Ese formulario, que es similar a un informe de la policía, mostraría las distintas bases de datos en las que se había buscado el nombre de Carlos en el centro de procesamiento de la Patrulla Fronteriza, como lo que habían encontrado. Los abogados presentaron una petición para poder ver el expediente de Carlos representando a la Ley de Libertad de la Información, frente al Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Sin embargo, su experiencia le indicaba a Peña que eso probablemente tardaría varios meses, lo que de poco les servía en esos instantes.

Presentía que la información equivocada procedía de El Salvador, pero al no saber específicamente de dónde, era prácticamente imposible hallar un investigador allí que descubriera algo útil para ayudar a limpiar el nombre de Carlos.

Justamente cuando sentía que había llegado a un callejón sin salida, los padres de Carlos se ofrecieron a asistir. Durante todo el mes de enero, la pareja de ancianos recorrieron en autobús todo San Salvador, la capital, visitando una dependencia gubernativo tras otra, con poco éxito. Por último, en el tribunal federal, donde se archivan los expedientes penales y las órdenes de arresto, los progenitores de Carlos hicieron un esencial descubrimiento: un hombre cuyo nombre era casi idéntico al de Carlos, con la misma data de nacimiento, tenía una orden de arresto pendiente por ser pandillero.

Este descubrimiento reforzó la teoría de Peña de que se trataba de un caso de identidad equivocada. Le pidió a la madre de Carlos que diera una declaración jurada de su descubrimiento frente a un letrado de El Salvador, para después presentarla como prueba en su caso.

Si el gobierno había cometido un error, entonces tenía que haber alguna manera de adecentar el nombre de Carlos. El 12 de febrero, al fin logró obtener una pista. Como contestación a su demanda, ICE presentó una declaración jurada de Mellissa B. Harper, una funcionaria que trabaja en la dependencia que supervisa los cobijos familiares. Harper dijo que había revisado “documentos y expedientes electrónicos” que revelaban que Carlos tenía una afiliación documentada con la MS-13. “El Departamento de Estado y el Buró Federal de Investigaciones (FBI) de EE. UU. que operan en El Salvador introdujeron esta información en las bases de datos del gobierno de EE. UU.”.

Como letrada de ICE, Peña estaba familiarizada con las bases de datos que mantenía CBP, y sabía que el FBI había estado dirigiendo fuerzas de tareas durante múltiples años en El Salvador, pero ¿por qué razón estaba el Departamento de Estado introduciendo información acerca de la supuesta membresía de Carlos en una pandilla? Durante el tiempo en que trabajó ahí, su área de especialidad fue Centroamérica, mas nunca había sabido que el Departamento de Estado compartiese información con DHS para deportar a personas en la frontera.

Peña envió correos electrónicos a los pocos contactos que todavía tenía en el departamento, pero nadie le respondió. En Internet, solo consiguió localizar descripciones escuetas. En mayo de dos mil diecisiete, el Buró del Departamento de Estado para Narcóticos y Asuntos Internacionales Relacionados con la Aplicación de la Ley . Se llamaba Conjunto Conjunto de Inteligencia Fronteriza (GCIF), y trabajaba en conjunto con DHS y con la fuerza de labores del FBI en Centroamérica.

En los expedientes públicos solo había una mención breve de las actividades del centro. En el mes de enero de 2018, Richard H. Glenn, subsecretario de estado adjunto en funciones del buró, le informó al Subcomité de Seguridad Nacional del Congreso que a lo largo de ocho meses en 2017, habían mandado a oficiales de policía salvadoreños a la frontera en McAllen para “ayudar al DHS y a las fuerzas de la ley estatales y locales a identificar, detener o bien negarle la entrada a pandilleros”.

Los diez oficiales de policía se volvieron parte de un equipo permanente en El Salvador, que también incluía a oficiales de migración y a dos oficiales correccionales que trabajaban así como los agentes estadounidenses de DHS. En menos de un año, afirmó Glenn, el programa les había permitido identificar a “240 miembros de la MS-13 que eran desconocidos para los oficiales de EE. UU., así como a cuarenta y seis que las autoridades salvadoreñas no conocían”.

Peña se preguntó si contaban a Carlos como uno de esos miembros de la MS-13 que Glenn había mentado en su testimonio. Ella sabía que probablemente no había forma de confirmarlo. Observó que el proyecto conduzco se había llevado a cabo en exactamente la misma estación de la Patrulla Fronteriza en McAllen donde acusaron a Carlos de ser pandillero y donde lo separaron de sus hijos (CBP refirió las preguntas al Departamento de Estado. Un vocero de ese departamento no hizo comentarios específicos sobre Carlos, pero afirmó que el programa había mostrado “resultados positivos concretos y había ayudado a identificar a un total de más de cinco con cero sujetos con antecedentes penales”).

Peña halló en Internet una foto de Kirstjen Nielsen, secretaria de DHS en ese momento, mientras presentaba un premio a CBP y a los oficiales salvadoreños en Washington, D.C., con una dedicatoria que decía: “En reconocimiento a los dedicados esfuerzos binacionales enfocados en compartir información para identificar a pandilleros centroamericanos que tratan de entrar ilegalmente a los Estados Unidos”.

¿Pero qué pasaba con quienes habían sido falsamente acusados?

De vuelta en Washington, Friedman fijó la data de la audiencia de Carlos para el veintiuno de febrero, mas los abogados del DOJ protestaron diciendo que el caso no era prioritario para ellos, en tanto que tenían que ponerse al tanto por el atraso provocado por el cierre del gobierno. Querían postergar la audiencia al menos hasta marzo. Proseguían rehusándose a suministrar pruebas que relacionaran a Carlos con la MS-13, y se negaban incluso a charlar al respecto. Al menos, Peña tenía la calma de que los pequeños al fin habían sido liberados y puestos bajo la custodia de su madre.

Peña arguyó que la salud de Carlos se estaba estropeando, y que temía por su salud mental si continuaba encarcelado por más tiempo. El gobierno permitió que se llevara a cabo la audiencia el veintiuno de febrero.

El día de la audiencia por la mañana, el equipo de seis abogados, incluida Peña, se reunió en la escalinata frontal del tribunal federal. Paloma Ahmadi, una joven abogada de Haynes and Boone, presentaría los razonamientos del caso frente al juez así como Peña. Peña y Ahmadi se saludaron cordialmente, aunque era la primera vez que se reunían en persona.

Peña no había dormido mucho en las semanas precedentes a la audiencia. Una semana ya antes se había publicado su informe ante TCRP, en el que documentaba los cientos de casos nuevos de separación de familias, haciendo sonar la alarma de que el gobierno continuaba apartando sistemáticamente a los hijos de sus progenitores, habitualmente sobre inciertas pruebas que el gobierno jamás proporcionaba. En el mes de julio de dos mil diecinueve, la Unión Americana de Libertades Civiles confirmó sus hallazgos y documentó que más de 900 padres e hijos habían sido separados desde el instante en que Trump supuestamente había puesto fin a la práctica un año antes.

Ahmadi y Peña presentaron las pruebas de la inocencia de Carlos ante el tribunal: la carta certificada del Ministerio de Justicia declarando que no tenía antecedentes penales, una carta de su antiguo empleador en la que charlaba de su buena ética y la declaración jurada de la madre de Carlos sobre sus descubrimientos en El Salvador.

Después de que acabaron, Friedman se dirigió a los dos abogados que representaban al gobierno. “En este punto, las pruebas presentadas por el demandante, provenientes de El Salvador, muestran que no tiene antecedentes penales ni condenas, ¿o bien me confundo?” les preguntó.

“Esas son las pruebas que presentaron, sí”, respondió uno de los abogados.

“¿Impugnan eso?”, les preguntó el juez.

“No”, dijo, haciendo una pausa. “Pero lo identificaron en 2 bases de datos separadas, lo que impidió que lo alojaran en un centro residencial para familias. ... HHS tiene requisitos explícitos que dicen que la afiliación a una pandilla es un obstáculo para otorgar vivienda”. oficina de abogados de inmigracion

Peña se quedó perpleja ante el razonamiento del gobierno. Los abogados reconocieron que Carlos no era un criminal, pero luego insistieron en que era pandillero pues las bases de datos del gobierno de este modo lo decían. No obstante, se rehusaban a charlar de la naturaleza de las pruebas que contenían esas bases de datos. Peña supuso que una de las bases de datos era la que usaba la Patrulla Fronteriza para contrastar antecedentes. La otra tenía que ser la nueva iniciativa del Departamento de Estado para recaudar información sobre pandillas. Eso producía un montón de preguntas que nadie parecía estar dispuesto a responder, ni tan siquiera a dejar que las hiciera. ¿El centro recogía pruebas biométricas como huellas digitales, se preguntó, o bien solo nombres que la policía salvadoreña había proporcionado? ¿Y cómo estaban examinando la información de la policía? Ella había ayudado a escribir informes cuando trabajaba para el Departamento de Estado, en los que se documentaba la corrupción y los abusos a los derechos humanos cometidos por la policía en El Salvador (ICE y DOJ no respondieron a las peticiones de comentarios. Un vocero del Departamento de Estado afirmó que investigan a cada analista del centro como lo requiere la ley).

“Su señoría”, dijo Peña, dirigiéndose al juez. “Cuando era abogada de ICE, siempre que teníamos pruebas en el tribunal de migración en las que se ponía en duda la precisión de la documentación, como funcionarios del tribunal teníamos la obligación de volver y hacer nuestra debida diligencia. Lo que me sorprende de esto es que ni siquiera tenemos algunas de las pruebas básicas”.

“¿Las solicitaron por escrito?” preguntó Friedman.

“Sí, su señoría. El gobierno se rehusó a proporcionar ningún tipo de documentación”.

“Muy bien, entonces presentaremos una petición para descubrir pruebas”, dijo de forma cortante.

Peña se preguntó por qué tenía siquiera que presentar una petición, siendo que el gobierno debería haber sido franco con ella y compartir las pruebas que tenían contra su cliente. A lo largo de toda la audiencia, los abogados del gobierno se rehusaron a mudar su postura de que Carlos era una amenaza y debía ser deportado. Al final, Peña se sentía deprimida. Había llevado el caso de Carlos hasta el tribunal federal en Washington. Friedman no iba a entregarles la reunificación que habían esperado obtener. El juez razonó que esto ya había ocurrido, pues los pequeños habían sido liberados al cuidado de su madre. Y Carlos, agregó, probablemente sería deportado de cualquier forma, así que no tenía caso.

Después de la audiencia en Washington, D.C., el equipo legal se halló en territorio ignoto. Había muy pocos precedentes legales para la reunificación en casos de separación de familias, con lo que tendrían que usar su inventiva. Peña fue a visitar a Carlos en la cárcel para darle la nueva de que las cosas no habían salido tan bien como aguardaban. Ahora regresarían a los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU., le notificó, que tienen a su cargo los temas de asilo y ciudadanía, y solicitarían nuevamente que le hiciesen otra entrevista de temor admisible. Tendrían que ponerse a la merced del gobierno. Si conseguía un resultado positivo, podría ser puesto en libertad bajo fianza. Pero todo quedaría a discreción del gobierno. En esencia, era una tremenda apuesta. Carlos, quien diariamente pasaba de la esperanza a la desesperación, le agradeció a Peña por sus esfuerzos. Ella había pasado muchísimas noches en vela por este caso, y ahora sentía que estaban comenzando de nuevo. Su temor era que Carlos estuviese comenzando a dudar de ella y del equipo legal.

Pasaron 3 semanas más, y entonces Peña recibió una llamada. Si bien parecía increíble, el gobierno le daría a Carlos una ocasión más de pedir asilo. Unos días después, los 2 participaron en una llamada en conferencia, Carlos en Laredo y Peña en su oficina de TCRP, con un oficial de asilo que se encontraba en Houston; la llamada duró tres horas y media, y en ella repasaron paso a paso el caso de Carlos. Al final, el oficial estuvo conforme en que su solicitud era válida.

Ahora Carlos sería elegible para conseguir libertad bajo fianza, lo que significaba que quizás al fin podría salir de la cárcel. Además, no sería deportado hasta el momento en que un juez diera un dictamen en su caso de asilo. Por fin obtendría el debido proceso legal por el que Peña había luchado tanto durante todos estos meses.

El 1 de mayo, seis meses después de ser encarcelado, Carlos compareció por video en un tribunal de migración casi vacío en San Antonio para su audiencia de fianza. Peña, que llevaba en las manos las carpetas repletas de las pruebas que había recogido, se sentó enseguida de otro letrado de Haynes and Boone, frente al estrado del juez. abogado de extranjería en valencia Del otro lado se hallaba un solo abogado de ICE a quien Peña jamás había conocido.

Sintió cómo se iba poniendo tensa mientras valoraba al abogado de ICE y la pila de carpetitas que tenía frente a él encima de la mesa.

El juez de migración le preguntó a Peña si Carlos había pasado su entrevista de miedo admisible.

“Sí, su Señoría”, respondió.

El juez le preguntó al abogado de ICE si se oponía a dejar que Carlos saliera libre bajo fianza.

“No, su Señoría”, respondió.

Peña quedó impactada. Después de la audiencia en Washington, esperaba que el abogado de ICE fuera igualmente bastante difícil, pero ni siquiera mentó el alegato de la afiliación a pandillas. En menos de quince minutos la audiencia había terminado y a Carlos le habían otorgado una fianza de $ 7,500 dólares. En el corredor afuera del tribunal, Peña le dio un abrazo al abogado de Haynes and Boone y luchó por contener las lágrimas. Estaba impaciente por ser testigo de los primeros instantes de libertad de Carlos.

Seis días después, Peña se halló con Carlos en la central de buses de Laredo; iba acompañada de su mamá, que quería conocerlo tras tantos meses en que su caso había absorbido la vida de su hija. Peña lo llevó de vuelta a Brownsville en la SUV considerablemente más moderna de su mamá; ahí pasó la noche en un hotel, ya antes de volar al estado de Washington para reunirse con sus hijos. En el camino, Carlos se mostró emocionado y le dio reiteradamente las gracias, pero asimismo se dedicaron sencillamente a charlar y reír. Peña jamás había sido testigo del lado más alegre de su personalidad, que asimismo hizo que se sintiese alegre.

Sin embargo, su ánimo de celebración degeneró después de que el vuelo de Carlos despegó hacia Washington, ya que prosiguió estudiando y se dio cuenta de que el centro de inteligencia sobre pandillas del Departamento de Estado se había expandido recientemente a Guatemala, México y Honduras. Además de esto, seguía desarrollando su alcance en los U.S.A.. Ellos solo habían descubierto la información errónea de El Salvador por el hecho de que habían llevado el caso de Carlos a los tribunales, lo que había requerido los servicios de un equipo de abogados y había tenido un costo de más de dólares americanos 100,000 dólares estadounidenses. Incluso con eso, ella no había logrado ver las pruebas y la base de datos seguía siendo en su mayoría un secreto para el planeta. Con lo que sabía el nombre de Carlos continuaba en la lista, y se había dado cuenta de que la responsabilidad de persuadir a las fuerzas de la ley de sus respectivos países a fin de que corrigieran cualquier información falsa recaía en los acusados, lo cual representaba una labor prácticamente imposible.

Se preguntaba cuántos padres más habría por ahí que eran falsamente acusados y separados de sus hijos. Estaba en una lucha incesante para balancear sus preocupaciones con lo que en verdad era capaz de conseguir. Carlos todavía tenía su caso de asilo pendiente y el alegato de su pertenencia a una pandilla seguía acechando, listo para poner todo en peligro.

Después de despedir a Carlos en el aeropuerto, Peña condujo hasta su casa. Antes que obscureciera, salió a pasear montando a caballo para intentar olvidarse durante unos momentos de si Carlos realmente lograría vivir en paz, para olvidarse de las pilas de casos que se amontonaban sobre el escritorio de su padre en casa, y de los otros que seguramente llegarían y seguirían llegando. Se consoló con la idea de que, pese a lo que tenían en contra suya, habían logrado inclinar la balanza de la justicia cara el lado de Carlos. Él había logrado una segunda ocasión.

Traducción por Mónica E. de León. Revisión en español por Mati Vargas-Gibson.

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Abogados expertos en Extranjeria y Nacionalidad

25 años de experiencia avalan nuestra trayectoria como despacho lider en la capital española, en materia de extranjería y nacionalidad de España.

No dude en contactarnos y concertar una cita en nuestras oficinas en la capital de España.

  • veinticinco años de experiencia
  • Honorarios económicos
  • Presupuesto previo: sin sorpresas ni gastos adicionales

Miguel A. Herrero

Abogado ICAM

25 años de experiencia


Expedientes de Nacionalidad Española

Solicite la nacionalidad de España con MDH, por medio de la plataforma telemática de RED ABOGACÍA


Demanda por Silencio Administrativo

¿No ha recibido respuesta en mas de 1 año? Fuerce al Mº de Justicia a resolver


Recurso contra la denegación de la nacionalidad

Si han desechado sin motivos su petición de nacionalidad de España, recurra!


Teléfono / WhatsApp:

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MDH Abogados

25 años de experiencia

Nuestra experiencia nos avala


Expedientes de Nacionalidad Española

¿Quiere pedir la nacionalidad de España?

Nuestros abogados expertos gestionaran su solicitud de nacionalidad de España y le asesorarán en todo el proceso hasta la obtención de la nacionalidad española.

MDH Abogados cuenta con una dilatada experiencia en trámites de extranjería y nacionalidad.

Abogados expertos en Nacionalidad Española

¿Por qué asistir a MDH Abogados para solicitar la nacionalidad española?

Gracias al Acuerdo entre el Consejo General de la Abogacía Española, y el Ministerio de Justicia, se permite gestionar a MDH Abogados las solicitudes de expedientes de nacionalidad española, a través de una nueva plataforma telemática, lo que nos deja agilizar los expedientes de nacionalidad. Por otra parte, al revisar y administrar el expediente un letrado especialista en nacionalidad, existen pero garantías para conseguir una resolución conveniente.


Pasos para solicitar la nacionalidad española

Le notificamos sobre los requisitos y documentos necesarios

Telemáticamente (RedAbogacía), sin citas ni esperas

Le aconsejamos en los tramites posteriores

Formulario Web

¡ Pida ya la Nacionalidad Española ! abogado especialista en migración


Demanda de nacionalidad de España por silencio administrativo

¿Ha solicitado la nacionalidad española y no tiene contestación?

Si una vez presentado la solicitud de nacionalidad española, transcurre un año sin resolverse, el solicitante de la nacionalidad española tiene la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo en vía judicial, obligando al Ministerio de Justicia a solucionar sobre su expediente de nacionalidad.

Estudiaremos si cumple las condiciones

Y en seis-nueve meses se resolverá su expediente de nacionalidad

Formulario Web

¡ Recurra por silencio administrativo !


Honorarios

Tarifas de MDH Abogados

Confie en el despacho líder en España en trámites de extranjeria y nacionalidad.

  • Abogados expertos
  • Despacho en Madrid
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Solicitud de la Nacionalidad

  • Asesoramiento previo
  • Presentación telemática
  • Seguimiento
  • Abogado Incluido
  • Procurador incluido
  • IVA incluido

Preguntas más frecuentes


¿Como se adquiere la nacionalidad española?

Los diferentes modos de adquisición de la nacionalidad son:

  • Nacionalidad por residencia
  • Nacionalidad por carta de naturaleza
  • Nacionalidad para españoles de origen
  • Nacionalidad por posesión de estado
  • Nacionalidad por opción


¿Cuales son los requisitos de la nacionalidad por residencia??

Para obtener la nacionalidad por vivienda, se requiere acreditar la vivienda de la persona en España a lo largo de diez años de forma legal, continuada e inmediatamente precedente a la solicitud.

Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:

  • Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
  • Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • Un año:
    • El que haya nacido en territorio español.
    • El que no ejercitó correctamente su derecho a adquirir la nacionalidad de España por opción.
    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o bien acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, aun si siguiere en esta situación en el momento de la solicitud.

      El que, en el momento de la petición, lleve un año casado con un de España o de España y no esté separado legalmente o bien en verdad.

      El viudo o bien viuda de de España o bien de España, si en el instante de la muerte del cónyuge no estaban separados, en verdad o bien judicialmente.
    • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, toda vez que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

  • El que haya natural de territorio español.
  • El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad de España por opción.
  • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o corporación españoles durante dos años sucesivos, aun si siguiere en esta situación en el instante de la solicitud.

    El que, en el instante de la petición, lleve un año casado con un español o de España y no esté separado legalmente o en verdad.
    El viudo o bien viuda de de España o bien español, si en el instante de la muerte del cónyuge no estaban separados, en verdad o bien judicialmente.
  • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o bien abuela, toda vez que todos originariamente hubiesen sido españoles.

Además, el interesado va a deber acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad de España.


¿Quienes pueden tener doble nacionalidad?

Pueden tener doble nacionalidad los naturales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial o bien Portugal.


¿Que documentos son precisos para la nacionalidad por vivienda?

  1. Modelo de petición normalizado En el caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line
  2. Tarjeta de Identidad de extranjero. abogados extranjería barcelona Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o bien del Registro de ciudadano de la Unión.
  3. Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
  4. Certificación de nacimiento del interesado, correctamente traducido y legalizado. abogados para inmigracion
  5. Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, conforme con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades competentes del país de origen
  6. Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
  7. Justificante del pago de la tasa
  8. Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
  9. Certificado de empadronamiento. Puede reemplazarse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
  10. Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). Puede reemplazarse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por vivienda, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.
SPOILER ALERT!

Migrar Org Un Espacio De Apoyo A Las Personas Inmigrantes En España

Migrar Org, Un Espacio De Apoyo A Las Personas Inmigrantes En España

El equipo de asesores de Cruz Roja

Montserrat Hernández Pérez

España. Psicóloga especialista en Derechos. Cruz Roja De España - Salamanca

José Manuel Illán Medina

España. Letrado. Cruz Roja De España - Alicante

Carlos Mas Alcántara

España. Letrado. Cruz Roja De España - Madrid

Patricio Sánchez Cortés

España. Letrado. Cruz Roja Española - Salamanca

Anna Serra Gironés

España. Abogada. Cruz Roja De España - Girona

Miguel Ángel Santana Hombre

España. Titulado en Relaciones Laborales. Cruz Roja Española. Las Palmas

Judith Sobrino González

España. Abogada cooperadora de Fundación Migrar - Valladolid

Fran Morenilla Belizón

España. abogados de inmigracion Letrado Cruz Roja Española - Almería

Javier Sánchez Ribas

España. Letrado Fundación Migrar

Lucía Artime Gómez

España. Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias

Amparo Carranza Simón

España. Letrada Servicio Jurídico Accem Madrid

Aitor Sáenz Genot

España. Abogado. Cruz Roja Vitoria

Marina Joven Cabezas

España. Regulando Migrar.org

Enrique Benítez Corredera

España. Abogado Cruz Roja Málaga

Carmen De la Purificación Forner

España. Orientadora de Empleo.
Cruz Roja Alicante

Antonio Ruiz Núñez de Castro

España. Abogado Cruz Roja Española Málaga

Rocío Navío Durán

España. Abogada. abogados de inmigracion Cruz Roja De España - Urbe Real

Victoria Fdz. Vidal

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Iñigo Portilla Abiega

España. Letrado especialista en Derecho de Extranjería

Carolina Esteban Sánchez

España. Servicio Orientación Jurídica Programa Asilados Cruz Roja

María Consolación Peláez Sanmartín

España. Pues trabajo en el programa de solicitantes de Protección Internacional

Elena Mariscal Valero

España. Letrada de Cruz Roja De España en Málaga

Comparten su conocimiento

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Venezuela. Soy Especialista en Extranjería y también Igualdad de Género.Quiero brindar mi ayuda a quien lo necesite.

María Amparo Gil Requena

España. Letrada de la Sección de Extranjería del ICA Valencia.

Miguel Angel González Guerrero

España. Letrado ICAM.Diplomado Extranjería.Master Práctica Jca.Cruz Roja Andújar.Asesor jco Extranjería

Loreta Lizana Vaona

España. Soy Licenciada en Derecho (Homologada por la Universidad de Valencia)

Enes Beslagic

Bosnia y Herzegovina. Por si hay una persona de mi pais que no habla castellano,que puedo ayudar con mi experiencia.

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España. Ayuda/asesoramiento a inmigrantes.Técnico especialista en inmigración y profesora.

Mary Felipe G.

España. Técnico Especialista en Inmigración/Lic.en ADE y también Inmigrante

Julián León Rosas

Cuba. LIC. DERECHO Y ECONOMIA.A MI LLEGADA FUE DE GRAN AYUDA ESTA PAG. MIGRAR.ORG.

Arturo Miguel Gutierrez Castañeda

España. Orientación curricular y laboral a inmigrantes residenciados o por residenciarse en España.

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España. Porque me agrada, fui organizadora de conjunto juvenil, y maestra de catequesis.Gracias.

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España. Colaboradora Fundación Migrar

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España. Abogada ICAM. Consultora y asesora en Derecho Laboral,Extranjería y Familia.

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España. Por el hecho de que me agrada asistir a los demás, soy socio de Cruz Roja Española

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España. EXTRANJERÍA, LABORAL Y CIVIL. RECLAMACIONES A ENTIDADES BANCARIAS POR VENTA DE PRODUCTOS BANCARIOS

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Marruecos. Sicóloga clínica máster en migraciones I.C. Por las implicaciones psicológicas que precisan apoyo.

Dina Almerabet Pérez

España. Diplomada en Derecho. Máster de Derecho de extranjería y nacionalidad.

Carina Peñate Santana

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España. Para asistir a personas de distintas nacionalidades.

Marta Diago

España. Sicóloga soporte a deportados - Asesoramiento trámites legales extranjería
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España. Letrada derecho extranjería.Quiero poner mis conocimientos al servicio del resto.

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España. Graduada en Derecho. Doble Máster en Abogacía y Derecho Público.

LORENA HERNANDEZ SAEZ

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España. Especialista en Derecho Laboral y Extranjería

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España. porque deseo contribuir por una buena causa y razon para apoyar a las personas refugiadas

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Venezuela. Me agradaría asistir a las personas que ahora procuran salida ante la crisis del país.

CESAR AUGUSTO JAICO CARRANZA

España. IMPUESTO DE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Declaraciones de años anteriores- Devoluciones.

Pablo Robles Libedinsky

España. Abogado de Extranjería en Tudela (Navarra). Voluntario en Cruz Roja. Inglés y francés.

PILAR BARJA LAVANDEIRA

España. SOY ABOGADA ESPECIALISTA EN EXTRANJERÍA.DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS

EDUARDO MAX DE SOUZA BALBINO

España. ABOGADO,amplia experiencia personal-profesional:Inmigración y Extranjería.Idiomas:EN,PT,IT,FR y ES

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España. colabora con grupos vulnerables

Verónica Fabiola Tambini Angeles

Perú. Letrada especialista en Derechos Humanos. Maestria en Gerencia Social. Consultora de ACNUR en Perú.

Silvia Rosa Velásques Manrique

España. Letrada en Navarra en temas de extranjería asesorado en varias instituciones.

Isabel González Gil

España. Diplomada en Derecho. Especialista jurídica en Migraciones y Extranjería.

Victoria Mesa Pérez

España. Abogada de Cruz Roja en Las Palmas de Gran Canaria.

Pedro Antonio López Jiménez

España. Soy abogado en Málaga, especialista en Derecho de Extranjeria y Trabajo.

Pedro Pablo García Blanco

España. Soy letrado especialista en Derecho de Extranjería, Asilo-Cobijo y Derecho de la Nacionalidad.

Maria Pilar Bernabéu Solano

España. Letrada de Zaragoza. Deseo compartir mi experiencia en materia de extranjería

Oscar Ros Lorente

España. Deseo cooperar para aportar mi conocimiento en materia de extranjeria

Juan Jose Rodriguez

Colombia. para asistir , y dar un mejor camino a todos

Gloria Ferrandis Ferrandis

España. Me dedico muchos años profesionalmente como abogado a extranjería y puedo asesorar.

Estrella Amselem Moryusef

España. Creo que se debe asesorar a los inmigrantes desde una postura ética

Idalia Herrera Malatesta

España. Me gustaria ayudar y transmitir mis conocimientos

Jordi Vidal Ribes

España. Trabajador Social Cruz Roja Lleida

Eladia Fermín de Castro

Venezuela. Por vocación y mística de servicio,siempre hay quien amerite una ayuda

Jose Bravo Herrera

España. Abogado y dueño de la página web jurídica www.recurre.es

Margarita Arango Pabón

España. Aprovechar las nuevas tecnologías con el objetivo de trasmitir los conocimientos de extranjería

A.Yolanda Minguet Pérez

España. Abogada especialista en extranjería. Asociada de INMIGRA EMIGRA y de ABEDIE

Francisco Javier Moreno Gil

España. Para asistir al colectivo de autónomos.

Carlos González

España. Asesoría

David Ortiz Amaya

Italia. Para ayudarnos unos a otros

Jhoani Pacheco Buitrago

España. Para aportar ideas sobre integración

MARTHA CECILIA OCHOAOLIER

España. Por el hecho de que soy inmigrante y por lo tanto débil y creo que puedo colaborar

Vanessa Caballero Martín

España. ABOGADA EXPECIALISTA EN MATERIA LABORAL Y EXTRANJERÍA EN ZAMORA.

jose luis saavedra chiclla

Perú. fui migrante y soy sociologo, con maestria en gerencia social

Asunción Bisquert Crespo

España. Abogada en ejercicio.

José a Brito

España. Me resulta interesante todo lo que tiene que ver con asistir.

Carolina Prado Ruesta

España. Por el hecho de que creo que es esencial poder asistir a otras personas inmigrantes que tienen problemas

Fina Baella Llamas

España. todos debemos cooperar ayudando a solucionar dudas a personas sin recursos económicos.

Jacqueline Carreño Nardes

España. Siempre he trabajado en el campo de los Derechos Humanos, y quiero asistir a el resto.

María Martinez de Simon

España. Abogada en Burgos

GEMA MOLLA QUINTO

España. Letrada en Alicante. Especialista en Familia, Mujer y Extranjería.

Alfonso Miguel López Muñoz

España. Abogado con pero de quince años de experiencia en inmigración y extranjeria

Paloma Ramírez Mosqueda

España. Diplomada en Derecho y Abogada. Cooperadora Cruz Roja Alicante.

FRANCISCO RAMOS

España. Soy Letrado de extranjería, y quisiera asistir y colaborar dentro de mis posibilidades.

Fernando Menéndez Fernández

España. Asesor de Inmigración en Asturias.

Robinson Garcia Ferrufino

España. asistir a las personas

gabriela catalan

España. Posiblemente alguno presente una situación afín a la mia

Jean Carlos González

Italia. Asistir a otros

Juliano Jurado da Silva

España. Deseo asistir las personas de bien!

Svetoslav Tihomirov Kostov

España. Graduado en Derecho, realizando el máster de acceso a la abogacía.

CECILIA POMPILI

Argentina. Hay muchas personas que necesitan ayuda

Noemi Torollo Sánchez

España. Abogada de extranjería y también inmigración

Irene Izquierdo Teba

España. El derecho es un conocimiento colectivo que debe ser facilitado.

Ani Carolina Rodriguez

Ecuador. me gustaría asistir en lo que esté en mis manos

Gabriel Perez

España. Asistir a los demas

Amarilis Guaregua

Venezuela. ayuda legal para inmigrantes Siempre y en toda circunstancia me he identificado con la ayuda social.

Miguel Angel Martinez

España. Ayudar con experiencia

Vanina Rau

España. Pues se lo que es necesitar ayuda, si puedo colaborar con alguien estoy a dispocision.

Noemí Otero Franco

España. España. Abogada. Presto asesoramiento y consejo jurídico altruistamente en materia de extranjería.

Dolores Martinez Pardo

España. Me parece un servicio de enorme utilidad y ayuda y querría formar parte del equipo. Gracias.

Juan Fernandez Ferrer

España. Tengo un hijo en Monovar que pertenece a la Cruzroja, coopera y da cursos a mayores

Aida Martín

España. Licenciada en Derecho, Abogada del ICAM.

JEISON MESA

España. Experiencia en el proceso migratorio con estancia por estudio MBA, en vigo,

Carlo GIGLIO

España. Ex- Funcionario Ministerio de Relacion de Exteriores de ITALIA

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Abogados De Inmigración Florida

Abogados De Inmigración Florida

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Todos los campos son obligatorios. Law Counsel Florida Immigration es un bufete de abogados. No obstante, el empleo del Internet o bien este formulario para comunicarse con nosotros no establecen una relación letrado-usuario. Discutiremos diferentes opciones con .

Es importante saber que, muchas veces, no es necesario contar con los servicios de un letrado cuando pide una visa de inmigrante o bien una tarjeta de vivienda permanente en los USA. Si su caso es sencillo, califica totalmente para conseguir la visa que busca y no tiene antecedentes de delitos ni enfrentamientos negativos con las autoridades de inmigración, puede realizar los pasos precisos para conseguir una visa o bien tarjeta de residencia por cuenta propia. abogado extranjeria

Sin embargo, hay un sinfín de situaciones en las que la ayuda de un abogado de inmigración en la Florida es totalmente indispensable. Merced a los servicios que le ofrece un abogado de inmigración, usted se ahorrará un buen tiempo y evitará un sinnúmero de frustraciones. La ley de inmigración es increíblemente difícil, y está dirigida por una burocracia que recibe menos supervisión y escrutinio público de lo que cabría aguardar. En consecuencia, veamos algunas de las situaciones más probables en las que no tendrá otro camino más que el de contratar los servicios profesionales de abogados de inmigración de Florida.

¿Exactamente en qué le puede ayudar un abogado de inmigración en la Florida?

Hasta la más simple de las peticiones de inmigración de los E.U. implica llenar algunos formularios. Además de esto, lo más probable es que se le solicite que prosiga ciertas instrucciones detalladas sobre la colección y también inclusión de otros documentos y cuotas. Si comete tan solo un pequeño error, puede percibir la desagradable sorpresa de encontrar que su petición ha sido devuelta, retrasada o bien aun rechazada. Y si su caso no es fácil o on line recta, la ayuda de un abogado de inmigración le resultará aún más imprescindible.

Los abogados de inmigración cuentan con una vasta experiencia en trabajar con este género de papeleo y lo han hecho incontables veces. Además de esto, tienen tanto el conocimiento como los sistemas precisos para preparar las peticiones evitando cualquier inconveniente. Cuentan con programas de computadora en los que pueden ingresar su información y expulsar los formularios en un momento. Contratar a un abogado de inmigración en la Florida puede valer la pena solo por saber que va a contar con absoluta tranquilidad de que su solicitud procederá apropiadamente.

¿No está seguro de cuál es la visa que mejor aplica a su situación?

En caso que sea un trabajador calificado, existe la posibilidad que podría calificar para múltiples visas o incluso podría estar calificado para percibir una tarjeta de vivienda permanente. Sin embargo, para una persona común, es difícil saber cuál es el mejor o el más veloz visado que le resolverá el problema y le dejará tener permiso de residir y trabajar en los Estados Unidos. Un letrado de inmigración puede ayudarle a usted o bien a su empleador a decidir qué visa se adapta mejor a las necesidades del empleador y las calificaciones del trabajador.

Cuestiones similares pueden surgir en situaciones familiares o bien de otro tipo de visa. Por servirnos de un ejemplo, una persona casada podría tener la opción de ingresar a los U.S.A. con una visa de inmigrante (con derecho inmediato a una tarjeta de residente permanente) o una visa K-tres (que deja la entrada para luego solicitar la tarjeta de residencia permanente a través de un procedimiento conocido como ajuste de estado). Pero lo que es más veloz o bien más provechoso varía conforme los tiempos actuales de procesamiento del gobierno. De ahí que que la ayuda y guía de un letrado de inmigración resulta incalculable en estos casos.

¿Es usted un empleador que busca contratar trabajadores nacidos en el extranjero?

Como dueño o bien encargado de una empresa, probablemente usted esté demasiado ocupado como para dedicar su tiempo a desentrañar los secretos de la ley de inmigración. Afirmemos, por servirnos de un ejemplo, que está considerando patrocinar a un trabajador que va a deber volverse un residente permanente de los E.U. y que requiere llenar el proceso de certificación laboral (PERM). Para llevar al éxito este proyecto, usted deberá empezar por colocar anuncios en determinado tipo de publicaciones anunciando este trabajo. El proceso de publicidad es complicado, en tanto que solo algunos tipos de anuncios son aceptables, los anuncios deben contener un lenguaje concreto y existen muchos plazos que deben ser acatados y respetados. Es simple confundirse.

Además, la aplicación PERM (que incluye el llenado del ) es compleja. En una enorme mayoría de los casos, a los empleadores les resulta bastante difícil entender de qué forma llenar este formulario. No hay posibilidad de cometer el mínimo error al llenarlo debido a que casi cualquier error traerá como resultado una negación del trámite.

Muchos abogados de inmigración se especializan en las complicaciones del Formulario nueve mil ochenta y nueve y están libres para asistir a los empleadores durante todo este proceso, como otros géneros de peticiones de visas de trabajo.

¿En qué otros casos es recomendable preguntar con un letrado de inmigración en la Florida?

Un abogado de inmigración en Florida puede ayudarle cuando:

  • Usted no está seguro de su elegibilidad para percibir cualquier beneficio de inmigración
  • Le resulta difícil conseguir la residencia permanente, la ciudadanía o bien otro beneficio de inmigración; tal vez porque le hayan pedido que proporcione evidencia adicional
  • Necesita ayuda de urgencia por un asunto de inmigración
  • Le han notificado que se están iniciando procedimientos de deportación contra .
  • Ha sido deportado y quiere solicitar la devolución al país
  • Su solicitud de inmigración ha sido rechazada o rechazada en el pasado
  • Usted ha sido condenado por un delito penal y está intentando ingresar a los U.S.A. o bien protegerse de ser expulsado del país
  • Planea mudarse a los E.U. para trabajar para un empleador estadounidense y no lo han ayudado con el proceso de inmigración
  • Ha examinado el proceso de petición y se ha dado cuenta de que la cantidad de formularios y documentos que debe preparar es demasiado confusa o tardada
  • Usted ha solicitado una visa de inversionista

Estas son solo algunas de las razones por las que puede decantarse por preguntar con un letrado de inmigración. No lo piense más y póngase en contacto con su letrado de inmigración en el . Llame ya y resuelva de una vez su proceso de inmigración.

Es bien sabido que los E.U. son conocidos por ser un país de inmigrantes. Sin duda, el país no sería el líder mundial que es hoy, si no fuera por la afluencia constante de nuevas personas, ideas, influencias culturales y empuje de inmigrantes de todos los países del planeta. Todos los años los Estados Unidos reciben a muchos más inmigrantes que ninguna otra nación. Sin embargo, eso no quiere decir que las puertas estén abiertas de par en par para recibir a todo aquel que desee entrar, ni que sea fácil viajar a este país y mucho menos inmigrar. Por tal razón se vuelve indispensable contar con el apoyo de un abogado de inmigración con experiencia en Florida.

Si usted o sus seres queridos tienen problemas por cuestiones de visas o inmigración, un abogado de inmigración con experiencia les va a ayudar a navegar por el complejo y confuso mar de procedimientos, trámites y reglas de inmigración norteamericanas. Así sea que esté interesado en visitar los U.S.A. por un corto período de tiempo o bien inmigrar con la esperanza de cualquier día transformarse en ciudadano de este país, contar con la consultoría de un letrado de inmigración experimentado en Florida es justamente lo que precisa. Llame el día de hoy mismo a los abogados del Florida Immigration Law Counsel para programar su consulta inicial y exponer su caso.

¿Exactamente en qué áreas se especializa el Florida Immigration Law Counsel?

El Florida Immigration Law Counsel ofrece todos y cada uno de los servicios relacionados con la ley de inmigración de los E.U.. Nuestros abogados de inmigración trabajan incansablemente, mas con compasión cara cada uno de ellos de nuestros clientes del servicio. Tienen experiencia en una pluralidad de áreas de la ley de inmigración y pueden asistirlo a obtener la visa que necesita. Cuando trabajamos con nuestros clientes del servicio, siempre y en toda circunstancia nos tomamos el tiempo para valorar cuidadosamente sus necesidades, explicar las opciones de inmigración y guiarlos en el proceso hasta que la visa se consigue. Nuestras áreas de práctica incluyen:

  • Visas de estudiante
  • Visas familiares
  • Aplicación para tarjeta de inmigrante permanente (Green Card)
  • Defensa para casos de deportación
  • Certificación laboral
  • Solicitudes de asilo
  • Exenciones para la inmigración
  • Mociones de inmigración
  • Visas de negocios
  • Visas de inversionistas
  • Visas para trabajadores religiosos
  • Dificultades, exenciones, apelaciones y mociones

El Florida Immigration Law Counsel es su opción mejor de inmigración en Florida

El Florida Immigration Law Consel ha ayudado tanto a individuos como a empresas en todo lo relativo a temas de inmigración. No intente enfrentar usted solo la compleja ley de inmigración de los U.S.A.. Aparte de que esto puede ser deprimente, usted puede arriesgar su visa o no lograr el visado deseado. Nuestros abogados conocen a profundidad la ley de inmigración y saben cómo hacer que el proceso de inmigración sea mucho más fácil para nuestros clientes. 

Nos enfocamos en ofrecer a cada cliente respeto, compasión, atención adaptada y honestidad. Eso es lo que le ofrece el Florida Immigration Law Counsel. Así sea que necesite ayuda para , un pariente, un amigo o bien un asociado comercial, llámenos hoy mismo para solucionar sus necesidades de inmigración.

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Especialistas En Extranjeria E Inmigracion

Especialistas En Extranjeria Y también Inmigracion


British voters are headed to the polls today in a pivotal snap election that could unblock deadlock over Brexit. abogado extranjeria san sebastian


The Conservatives are hoping for a big majority so they perro get their Estados Unidos divorce deal through parliament. But if Boris Johnson’s party get fewer than 320 votes, it opens the door to a coalition opposition government.


Let's look where each party stands on Brexit.


Conservatives


Leader: Boris Johnson | Slogan: “Get Brexit done”


Less than four years ago, the Conservatives were committed to keeping Britain in the European Union — but on renegotiated terms backed by a confirmatory referendum.


Two leaders, a disastrous election and several cabinet reshuffles later, the party is firmly behind Brexit.


Boris Johnson wants to leave the U.S.A. under the revised deal he agreed earlier this month.


The prime minister, who took over from Theresa May at the end of July, has repeatedly promised that the UK will leave Europe on October treinta y uno, "do or die" — but that deadline has flown past without success.


European integration has been a fault line through the Conservatives for decades, but Brexit has blown the party wide open. Twenty-one of its MPs, including several former cabinet ministers and Winston Churchill’s grandson, were expelled in September failing to follow the government's line on Brexit; only ten have been allowed back to fight in this election.


As well as a pledge to (somehow) “get Brexit done”, it is expected to promise more police — replacing officers cut under its own 2010-2015 government — and money for the NHS.


Labour


Leader: Jeremy Corbyn | Slogan: “It’s time for real change”


After months of prevarication over Brexit, Labour has coalesced around a pledge to renegotiate Johnson's deal and put the new one to a second public vote.


It adds: “Labour is the only party that perro and will deliver a public vote. Labour trusts the people to decide.”


(Corbyn has not indicated which way he would himself vote).


Labour has also been divided by Brexit, with some members fearing an electoral threat from Nigel Farage’s Brexit Party unless it commits to implementing the result of the 2016 referendum. Others in the party say it risks losing centrist, pro-USA voters to the explicitly anti-Brexit Liberal Democrats.


The party will be more confident away from Brexit and on core domestic issues such as poverty, low pay and renationalising public utilities, and is likely to harness opposition to Boris Johnson and his right-wing cabinet.


Liberal Democrats


Leader: Jo Swinson | Slogan: “Stop Brexit, build a brighter future.”


After electoral annihilation in dos mil quince, the party has seized upon its explicitly anti-Brexit message to win back votes from Remainers.


Its clear pledge to cancel Brexit altogether by revoking Article 50 has stood in contrast to the ambiguous position of the other main parties.


A string of local and by-election victories has given the Liberal Democrats a springboard to recover lost ground, with some polls suggesting the party is poised to overtake Labour into second place in many parts of England.


If the party doesn’t win a majority, it would support a second referendum.


Swinson has said she is open to electoral pacts with the nationalist parties in Scotland and Wales to leave some constituencies uncontested in order to avoid splitting the Remain vote.


Scottish National Party


Leader: Nicola Sturgeon | Slogan: “It's time to choose our own future”


The Scottish National Party is anti-Brexit — reflecting Scotland’s pro-Remain vote in the dos mil dieciseis referendum — and has been campaigning for a second vote on Brexit to avoid leaving the Estados Unidos.


It sees an opportunity to harness anger in Scotland at the prospect of leaving the EU; if Brexit goes ahead, it is likely to press quickly for another independence referendum with the ultimate aim of an independent Scotland rejoining the Estados Unidos.


But while its Brexit message is popular, the SNP may face a tough fight in parts of Scotland where the Liberal Democrats or Conservatives are strong and has struggled over areas of its performance in Scotland's government.


Brexit Party


Leader: Nigel Farage | Slogan: “Change politics for good”


It was vehemently opposed to Theresa May’s agreement and says Johnson’s version still doesn’t go far enough.


In particular, it would still involve paying the Estados Unidos a multi-billion divorce settlement.


Farage, who is expected to set out the party’s plan on Friday, has indicated willingness to form an electoral pact with the Conservatives to try to avoid splitting the Brexit vote — but only if Johnson commits to a no-deal Brexit, which seems unlikely.


With significant support among Britain’s core Brexit voters, the party could, like the Liberal Democrats, prove vital to the December 12 result.


The Independent Group for Change


This party began life earlier this year as Change UK, a refuge for pro-Estados Unidos Conservative and Labour MPs who quit their party over Brexit. It has since changed its name and lost a few MPs to the Liberal Democrats.


Green Party


Leaders: Jonathan Bartley & Siân Berry | Slogan: “Standing with you for a People's Vote.”


The pro-EU party's solitary MP, Caroline Lucas, has been a vocal campaigner for another second Brexit referendum. But the party remains focused on green issues, with Brexit barely mentioned on its homepage.


Polls have opened at 8 am CET and will close at 11 pm, with exit polls due out shortly afterwards. They are based on interviews carried out with voters outside polling stations, whereas opinion polls ask people who they intend to back in the election.


Official results are then announced by constituencies across the country, with a winner expected to be declared in the early hours of Friday.

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Ayuda Para Inmigrantes Servicios Legales

Ayuda Para Inmigrantes: Servicios Legales

Si eres inmigrante en los USA y precisas ayuda legal, lo mejor que puedes hacer es informarte sobre los recursos legales disponibles. En otras palabras, has de saber dónde puedes buscar información y asistencia legal.

Como inmigrante, ¿en qué tipo de situaciones te puedes localizar donde precises ayuda legal? Quizá desees pedir el estatus legal de inmigración, por poner un ejemplo, obteniendo una greencard mediante un familiar. abogados inmigración O tal vez tengas inconvenientes con tu casero, quien se niega a hacer algún arreglo en tu piso, o bien quizá estés encarando una situación de desalojo. Puede que precises asistencia legal en otros temas personales: casos de violencia doméstica, custodia de hijos, o bien divorcio. O bien puede que necesites ayuda legal para acceder a servicios públicos o educativos para tus hijos.

En situaciones como esas, las barreras culturales y lingüísticas, sumadas a los altos honorarios legales de los abogados, hacen que el acceso a la ayuda legal se transforme en todo un auténtico desafío. abogados de extranjeria Tu primer paso debe ser reunir la información sobre dónde y de qué forma obtener la ayuda que necesitas.

Este articulo puede asistirte. Incluimos una extensa lista de recursos, divididos en dos secciones. En la primera encontrarás servicios legales de inmigración, y en la segunda, cualquier otro género de servicio legal no necesariamente relacionado con asuntos de inmigración. En todas y cada una de estas dos secciones encontrarás servicios privados, de bajo costo, y servicios gratuitos en línea.


SERVICIOS LEGALES DE INMIGRACIÓN

Aunque no hay un abogado designado por el gobierno en el tribunal de inmigración, los inmigrantes pueden contratar a un abogado privado a fin de que los represente, o bien trabajar con un letrado pro bono (es decir, asignado gratis) de una organización sin fines de lucro.

Servicios legales de inmigración privados

Si puedes pagar por un abogado de inmigración, el costo puede merecer la pena, porque la mayoría de organizaciones sin fines de lucro que brindan servicios legales gratuitos a los inmigrantes tienen largas listas de espera.

Pero ten presente esto: debes cerciorarte de que el abogado privado especializado en asuntos de inmigración que quieres contratar es verdaderamente un letrado con licencia otorgada por un Colegio de Abogados del Estado, que mantiene su licencia al día, y que disfruta de buena reputación. Una de las mejores maneras de verificar esta información es por medio de la herramienta de búsqueda de abogados de la (AILA por sus siglas en inglés). Si el letrado de inmigración es un miembro de AILA, además de esto es recomendable contrastar de es verdaderamente un abogado y no un . Aquí puedes conseguir más información sobre qué es el . También puedes consultar la y asegurarte de no contratar a un letrado que aparezca en esa lista.

Servicios legales de inmigración gratis o bien de bajo costo

Hay múltiples sitios web libres donde puede buscar asistencia legal de inmigración de bajo costo (y en ciertos casos, sin coste) en tu estado o región.

Servicios de inmigración on-line gratuitos

Si no puedes abonar a un abogado o hallar a un letrado gratis que te asista en asuntos de inmigración, siempre y en toda circunstancia puedes acceder a una pluralidad de recursos legales gratis y en línea:

OTROS TIPOS DE SERVICIOS LEGALES

Como inmigrante, puede que también precises buscar ayuda legal para temas que no necesariamente tienen que ver con inmigración, como asesoría legal y representación para conseguir beneficios públicos, o bien en asuntos de ley familiar, desalojos, empleo y educación. Puedes contratar a un letrado privado o bien buscar asistencia legal gratis o bien de bajo costo por medio de un proveedor de servicios legales.

Servicios legales privados para múltiples asuntos legales

Al igual que cuando buscas un letrado de inmigración, cuando busques cualquier género de abogado debes cerciorarte de que tenga licencia para ejercer la abogacía. Hay abogados privados que se especializan en todo género de leyes. abogados para reagrupacion familiar Puedes usar el de la Asociación de Abogados de los EE. UU. y en los para encontrar un abogado con experiencia en el género de problema legal concreto en el que precisas ayuda.

Servicios legales gratuitos o de bajo costo para diferentes inconvenientes legales

  • Para casos penales a nivel estatal, puedes buscar en la para obtener ayuda legal. Algunos estados no tienen sistemas de defensa pública, y en su sitio puedes decantarse por un abogado gratuito designado por el tribunal penal. Si encaras cargos penales federales, puedes preguntar la en tu estado.
  • Para temas de derecho civil, visita y ; cada estado tiene una lista de recursos para diferentes temas legales como empleo, vivienda, consumidores, derecho de familia, violencia familiar, sucesiones y planificación de sucesiones, y beneficios públicos
  • La Empresa de Servicios Legales ofrece una lista de organizaciones de asistencia legal que ofrecen ayuda en todo el país; puedes . Ten presente que, desafortunadamente, debido a las limitaciones de financiamiento del gobierno federal, la mayoría de las organizaciones de asistencia legal que reciben fondos del gobierno . Aquí hay una que los demandantes deben tener para poder calificar para el asesoramiento legal de parte de organizaciones financiadas por el gobierno federal. Sin embargo, en algunos estados existen organizaciones de asistencia legal que no recibieron fondos federales y, por tanto, pueden ayudar a los inmigrantes indocumentados y de todo tipo.

Asistencia legal gratis en línea

Si no puedes pagarle a un abogado o encontrar un abogado gratuito que te asista con el inconveniente legal que afrontas, puedes acceder a estos recursos legales gratuitos en línea:

Aunque tener acceso a ayuda legal puede ser un reto como inmigrante, siempre y en todo momento cuentas con opciones. , tanto de pago, de bajo costo, o bien gratis, es el primer paso para obtener la ayuda que precisas.


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N Ie Número De Identidad Extranjero Y Certificado Extranjeros

N I.E. NúMero De Identidad Extranjero Y Certificado Extranjeros

Para permanecer en España por menos de 3 meses los ciudadanos comunitarios precisan únicamente estar en posesión de su pasaporte o bien documento de identidad en vigor.

Si la estancia es superior a 3 meses el ciudadano está obligado a pedir su inscripción en la Oficina de Extranjeros de la Comisaría de Policía más cercana a su residencia.

​Aquellos extranjeros que, por sus intereses de tipo económico, profesionales o bien sociales se relacionen con España, van a poder obtener, anterior petición y  a efectos de identificación fiscal un Número de Identidad de Extranjero (NIE).

El NIE es el documento personal que deja que el ciudadano extranjero pueda efectuar aquellos trámites que demanden su identificación fiscal ante la Hacienda española (actos como: firmar un contrato de trabajo, abrir una cuenta corriente, etc.).

Este NIE es personal, único y exclusivo, es de carácter secuencial y sirve como Número de Identificación Fiscal (NIF). Y puede ser certificado con un carácter permanente o bien con un carácter solo temporal.

Procedimientos para petición del NIE

 1.- NIE certificado con carácter permanente

Se notifica que NO es posible pedir este tipo de NIE con certificado de carácter permanente a través de un Consulado ESPAÑOL EN EL EXTRANJERO.

Este NIE que se expide con un certificado de carácter permanente es para aquellos ciudadanos extranjeros que van a residir durante un tiempo en España (porque van a seguir un curso de estudios, van a firmar un contrato de trabajo, ejercer una actividad remunerada, inscribirse en un instituto profesional, etc. y resulta necesario siempre que el periodo de vivienda sea superior a tres meses.

Estos ciudadanos pueden pedir su NIE, en cualquier momento antes de que transcurran los primeros noventa días desde su llegada a España, personalmente o a través de un representante adecuadamente autorizado.

Este NIE se solicita en exactamente el mismo momento en que efectúen su inscripción obligatoria en la Oficina de Extranjeros más cercana a su domicilio, a través del servicio de cita previa:

-    Cita previa telefónica: 060 

=> ‘seleccionar provincia’ / ‘autoriz.residencia larga duración UE’ / ‘aceptar’

y continuar el resto de instrucciones.

En ese día de la cita obtendrán a la vez: un “certificado de registro de extranjero”, y se les va a facilitar asimismo su n.º de NIE con certificado permanente.

En el caso de ciudadanos extracomunitarios será precisa una semana o diez días para  tramitar su expedición.

Ø  Los ciudadanos comunitarios solo precisan su pasaporte o DNI en vigor para permanecer provisionalmente en España. No es preciso el NIE.

Ø  Pero si deben obtener un NIE por el hecho de que el solicitante tiene previsto abrir una cuenta corriente, o firmar un contrato de trabajo, o ejercer una actividad profesional en España, NO podrá presentar su petición de NIE mediante este Consulado, sino que deberá hacerlo de forma directa al inscribirse en la Oficina de Extranjeros en España, así sea personalmente o a través de un representante debidamente autorizado.

Ø  El NIE lo conseguirá de forma inmediata el mismo día de la cita (serán diez días en el caso de los ciudadanos extracomunitarios)

 dos.- NIE certificado con carácter temporal

Existe también el NIE con certificado de carácter temporal, que tiene una validez de sólo tres meses, y está previsto para aquellos extranjeros que en ningún momento piensan residir  ni tan siquiera concisamente en España mas que, sin trasladarse a vivir a este país, deben realizar un acto puntual con relevancia fiscal en España. Algo que van a hacer en sólo uno o bien varios escasos días día de viaje y estancia (por ejemplo: comparecer frente a un notario para percibir una herencia, o bien para firmar la adquisición de una casa, etc.).

También ellos podrían, si de esta manera lo desean, presentar su petición de NIE (con ocasión de algún viaje temporal que efectúen a España) de manera directa en una Oficina de Extranjeros, usando el ya citado servicio de cita anterior, y sin tener que efectuar en este caso su inscripción como residentes en el Registro de Extranjeros de la Policía de esa ciudad.

Pero, si lo prefieren, también podrán presentar su solicitud de NIE ante el Consulado General de España en cuya demarcación consular residan, para lo cual van a deber comparecer personalmente o a través de un representante adecuadamente acreditado, y acreditar su identidad y el motivo por el cual precisan la expedición de NIE.

Una vez recibida adecuadamente su petición, el Consulado va a hacer llegar la solicitud de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en la capital española y va a ser el Registro Central de Extranjeros quien  asignará el NIE al ciudadano extranjero,  con un certificado de valía para solo 3 meses.

Requisitos para presentar la petición PERSONALMENTE en el Consulado:

ü Formulario oficial de Petición de NIE EX-quince cumplimentado

ü Va a deber explicar el motivo o justificación de la petición de este NIE en España

ü Documento nacional de identidad o bien pasaporte en vigor, el original y una copia simple. cita previa renovacion nie

ü Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por asignación de NIE (actualmente: nueve con cincuenta y cuatro €. y en el caso de renovación: siete con diez €. –estos importes están sujetos a revisión periódica-)

    Se cumplimentarán únicamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ correspondiente al género de documento solicitado: ‘Asignación de NIE a instancia del interesado’ o bien ‘Certificados o informes emitidos a instancia del interesado’ (conforme sea petición de un NIE nuevo, o renovación de uno precedente). El programa rellenará abajo el importe a abonar, y hay que señalar como forma de pago: ‘En efectivo

ü El certificado se mandará al correo que haya indicado el solicitante y  tendrá una validez de sólo 3 meses

En caso de solicitud por medio de representante, se precisa además original y copia de los documentos de identidad de titular y de representante, y un escrito firmado del titular con la autorización.   

Se informa que, desde la presentación inicial de la solicitud de NIE en el Consulado hasta que el ciudadano extranjero pueda contar con de un certificado con su número de identidad (NIE) suelen pasar como mínimo unos diez días, necesarios para efectuar todas y cada una de las gestiones que requiere su tramitación.

Una vez presentada la solicitud y cuando ya ha sido enviada a la Dirección General de Extranjería y Fronteras por vía telemática, este Consulado NO tiene acceso a ninguna información sobre cuál es el estado de tramitación del NIE, ni posibilidad alguna de agilizar su tramitación, que se realiza exclusivamente por:

Comisaría General de Extranjería y Fronteras,

Calle General Pardiñas, N.º 90,

 Tfo. +34 novecientos trece 22 treinta y cuatro 00

Ø En el Consulado solo se puede pedir el NIE con certificado de carácter temporal, para efectuar un acto único y específico que demande la identificación fiscal en España. CóMo Solicitar El Nie Provisional

Ø La petición se puede presentar personalmente o bien a través de un representante debidamente autorizado, y hay que explicar el motivo que justifica la solicitud de NIE.

Ø El NIE tarda unos 10 días, y se expide por correo-e por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras desde Madrid. El certificado tiene una validez de 3 meses.

Solicitud de Certificados para extranjeros:

Un procedimiento similar es de aplicación para la petición de Certificados de Residente / No Residente en España:

Ø Impreso oficial de Solicitud EX-quince 

Ø Documento nacional de identidad o bien pasaporte en vigor y una copia simple.

Ø Certificado, tarjeta de vivienda española o bien otro documento oficial en el que conste el NIE y una fotocopia simple.

Ø Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por expedición de certificados o informes (7,10 € – importe están sujeto a revisión periódica-).

         Para realizar el pago es obligatorio acudir con el pertinente

Se cumplimentarán únicamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ pertinente al tipo de documento solicitado: ‘Certificados o bien informes emitidos a instancia del interesado’. cita de nie El programa rellenará abajo el importe a pagar, y hay que señalar como forma de pago: ‘En efectivo

El certificado se mandará al mail que indique el solicitante y tiene una validez de 3 meses.

Se puede conseguir más información directamente en la  Web del Ministerio del Interior:

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N Ie Número De Identidad Extranjero Y Certificado Extranjeros

N I.E. NúMero De Identidad Extranjero Y Certificado Extranjeros

Para permanecer en España por menos de 3 meses los ciudadanos comunitarios precisan únicamente estar en posesión de su pasaporte o bien documento de identidad en vigor.

Si la estancia es superior a 3 meses el ciudadano está obligado a pedir su inscripción en la Oficina de Extranjeros de la Comisaría de Policía más cercana a su residencia.

​Aquellos extranjeros que, por sus intereses de tipo económico, profesionales o bien sociales se relacionen con España, van a poder obtener, anterior petición y  a efectos de identificación fiscal un Número de Identidad de Extranjero (NIE).

El NIE es el documento personal que deja que el ciudadano extranjero pueda efectuar aquellos trámites que demanden su identificación fiscal ante la Hacienda española (actos como: firmar un contrato de trabajo, abrir una cuenta corriente, etc.).

Este NIE es personal, único y exclusivo, es de carácter secuencial y sirve como Número de Identificación Fiscal (NIF). Y puede ser certificado con un carácter permanente o bien con un carácter solo temporal.

Procedimientos para petición del NIE

 1.- NIE certificado con carácter permanente

Se notifica que NO es posible pedir este tipo de NIE con certificado de carácter permanente a través de un Consulado ESPAÑOL EN EL EXTRANJERO.

Este NIE que se expide con un certificado de carácter permanente es para aquellos ciudadanos extranjeros que van a residir durante un tiempo en España (porque van a seguir un curso de estudios, van a firmar un contrato de trabajo, ejercer una actividad remunerada, inscribirse en un instituto profesional, etc. y resulta necesario siempre que el periodo de vivienda sea superior a tres meses.

Estos ciudadanos pueden pedir su NIE, en cualquier momento antes de que transcurran los primeros noventa días desde su llegada a España, personalmente o a través de un representante adecuadamente autorizado.

Este NIE se solicita en exactamente el mismo momento en que efectúen su inscripción obligatoria en la Oficina de Extranjeros más cercana a su domicilio, a través del servicio de cita previa:

-    Cita previa telefónica: 060 

=> ‘seleccionar provincia’ / ‘autoriz.residencia larga duración UE’ / ‘aceptar’

y continuar el resto de instrucciones.

En ese día de la cita obtendrán a la vez: un “certificado de registro de extranjero”, y se les va a facilitar asimismo su n.º de NIE con certificado permanente.

En el caso de ciudadanos extracomunitarios será precisa una semana o diez días para  tramitar su expedición.

Ø  Los ciudadanos comunitarios solo precisan su pasaporte o DNI en vigor para permanecer provisionalmente en España. No es preciso el NIE.

Ø  Pero si deben obtener un NIE por el hecho de que el solicitante tiene previsto abrir una cuenta corriente, o firmar un contrato de trabajo, o ejercer una actividad profesional en España, NO podrá presentar su petición de NIE mediante este Consulado, sino que deberá hacerlo de forma directa al inscribirse en la Oficina de Extranjeros en España, así sea personalmente o a través de un representante debidamente autorizado.

Ø  El NIE lo conseguirá de forma inmediata el mismo día de la cita (serán diez días en el caso de los ciudadanos extracomunitarios)

 dos.- NIE certificado con carácter temporal

Existe también el NIE con certificado de carácter temporal, que tiene una validez de sólo tres meses, y está previsto para aquellos extranjeros que en ningún momento piensan residir  ni tan siquiera concisamente en España mas que, sin trasladarse a vivir a este país, deben realizar un acto puntual con relevancia fiscal en España. Algo que van a hacer en sólo uno o bien varios escasos días día de viaje y estancia (por ejemplo: comparecer frente a un notario para percibir una herencia, o bien para firmar la adquisición de una casa, etc.).

También ellos podrían, si de esta manera lo desean, presentar su petición de NIE (con ocasión de algún viaje temporal que efectúen a España) de manera directa en una Oficina de Extranjeros, usando el ya citado servicio de cita anterior, y sin tener que efectuar en este caso su inscripción como residentes en el Registro de Extranjeros de la Policía de esa ciudad.

Pero, si lo prefieren, también podrán presentar su solicitud de NIE ante el Consulado General de España en cuya demarcación consular residan, para lo cual van a deber comparecer personalmente o a través de un representante adecuadamente acreditado, y acreditar su identidad y el motivo por el cual precisan la expedición de NIE.

Una vez recibida adecuadamente su petición, el Consulado va a hacer llegar la solicitud de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en la capital española y va a ser el Registro Central de Extranjeros quien  asignará el NIE al ciudadano extranjero,  con un certificado de valía para solo 3 meses.

Requisitos para presentar la petición PERSONALMENTE en el Consulado:

ü Formulario oficial de Petición de NIE EX-quince cumplimentado

ü Va a deber explicar el motivo o justificación de la petición de este NIE en España

ü Documento nacional de identidad o bien pasaporte en vigor, el original y una copia simple. cita previa renovacion nie

ü Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por asignación de NIE (actualmente: nueve con cincuenta y cuatro €. y en el caso de renovación: siete con diez €. –estos importes están sujetos a revisión periódica-)

    Se cumplimentarán únicamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ correspondiente al género de documento solicitado: ‘Asignación de NIE a instancia del interesado’ o bien ‘Certificados o informes emitidos a instancia del interesado’ (conforme sea petición de un NIE nuevo, o renovación de uno precedente). El programa rellenará abajo el importe a abonar, y hay que señalar como forma de pago: ‘En efectivo

ü El certificado se mandará al correo que haya indicado el solicitante y  tendrá una validez de sólo 3 meses

En caso de solicitud por medio de representante, se precisa además original y copia de los documentos de identidad de titular y de representante, y un escrito firmado del titular con la autorización.   

Se informa que, desde la presentación inicial de la solicitud de NIE en el Consulado hasta que el ciudadano extranjero pueda contar con de un certificado con su número de identidad (NIE) suelen pasar como mínimo unos diez días, necesarios para efectuar todas y cada una de las gestiones que requiere su tramitación.

Una vez presentada la solicitud y cuando ya ha sido enviada a la Dirección General de Extranjería y Fronteras por vía telemática, este Consulado NO tiene acceso a ninguna información sobre cuál es el estado de tramitación del NIE, ni posibilidad alguna de agilizar su tramitación, que se realiza exclusivamente por:

Comisaría General de Extranjería y Fronteras,

Calle General Pardiñas, N.º 90,

 Tfo. +34 novecientos trece 22 treinta y cuatro 00

Ø En el Consulado solo se puede pedir el NIE con certificado de carácter temporal, para efectuar un acto único y específico que demande la identificación fiscal en España. CóMo Solicitar El Nie Provisional

Ø La petición se puede presentar personalmente o bien a través de un representante debidamente autorizado, y hay que explicar el motivo que justifica la solicitud de NIE.

Ø El NIE tarda unos 10 días, y se expide por correo-e por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras desde Madrid. El certificado tiene una validez de 3 meses.

Solicitud de Certificados para extranjeros:

Un procedimiento similar es de aplicación para la petición de Certificados de Residente / No Residente en España:

Ø Impreso oficial de Solicitud EX-quince 

Ø Documento nacional de identidad o bien pasaporte en vigor y una copia simple.

Ø Certificado, tarjeta de vivienda española o bien otro documento oficial en el que conste el NIE y una fotocopia simple.

Ø Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por expedición de certificados o informes (7,10 € – importe están sujeto a revisión periódica-).

         Para realizar el pago es obligatorio acudir con el pertinente

Se cumplimentarán únicamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ pertinente al tipo de documento solicitado: ‘Certificados o bien informes emitidos a instancia del interesado’. cita de nie El programa rellenará abajo el importe a pagar, y hay que señalar como forma de pago: ‘En efectivo

El certificado se mandará al mail que indique el solicitante y tiene una validez de 3 meses.

Se puede conseguir más información directamente en la  Web del Ministerio del Interior:

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Migrar Org Un Espacio De Apoyo A Las Personas Inmigrantes En España

Migrar Org, Un Espacio De Apoyo A Las Personas Inmigrantes En España

El equipo de aconsejes de Cruz Roja

Montserrat Hernández Pérez

España. Psicóloga especialista en Derechos. Cruz Roja Española - Salamanca

José Manuel Illán Medina

España. Abogado. Cruz Roja De España - Alicante

Carlos Pero Alcántara

España. Abogado. Cruz Roja Española - Madrid

Patricio Sánchez Cortés

España. Letrado. Cruz Roja Española - Salamanca

Anna Serra Gironés

España. Letrada. Cruz Roja De España - Girona

Miguel Ángel Santana Hombre

España. Titulado en Relaciones Laborales. Cruz Roja Española. Las Palmas

Judith Sobrino González

España. Abogada cooperadora de Fundación Migrar - Valladolid

Fran Morenilla Belizón

España. Abogado Cruz Roja Española - Almería

Javier Sánchez Ribas

España. Letrado Fundación Migrar

Lucía Artime Gómez

España. Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias

Amparo Carranza Simón

España. Abogada Servicio Jurídico Accem Madrid

Aitor Sáenz Genot

España. Abogado. Cruz Roja Vitoria

Marina Lozano Cabezas

España. Coordinando Migrar.org

Enrique Benítez Corredera

España. Letrado Cruz Roja Málaga

Carmen De la Purificación Forner

España. Orientadora de Empleo.
Cruz Roja Alicante

Antonio Ruiz Núñez de Castro

España. Abogado Cruz Roja De España Málaga

Rocío Barco Durán

España. Letrada. Cruz Roja De España - Urbe Real

Victoria Fdz. Vidal

España. Abogada Cruz Roja Sevilla

Granada Fernández Dias

España. Letrada de Cruz Roja De España - Badajoz

Iñigo Portilla Abiega

España. Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Carolina Esteban Sánchez

España. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

María Consolación Peláez Sanmartín

España. Por el hecho de que trabajo en el programa de solicitantes de Protección Internacional

Elena Mariscal Valero

España. Abogada de Cruz Roja Española en Málaga

Comparten su conocimiento

Ana Cecilia Calzadilla Franco

Venezuela. Soy Experta en Extranjería e Igualdad de Género.Quiero brindar mi ayuda a quien lo necesite.

María Amparo Gil Requena

España. Abogada de la Sección de Extranjería del ICA Valencia.

Miguel Angel González Guerrero

España. Letrado ICAM.Diplomado Extranjería.Master Práctica Jca.Cruz Roja Andújar.Asesor jco Extranjería

Loreta Lizana Vaona

España. Soy Diplomada en Derecho (Homologada por la Universidad de Valencia)

Enes Beslagic

Bosnia y Herzegovina. Por si acaso hay una persona de mi país que no habla castellano,que puedo ayudar con mi experiencia.

Laura Ezama

España. Ayuda/asesoramiento a inmigrantes.Técnico especialista en inmigración y profesora.

Mary Felipe G.

España. Técnico Especialista en Inmigración/Lic.en ADE y asimismo Inmigrante

Julián León Rosas

Cuba. LIC. DERECHO Y ECONOMIA.A MI LLEGADA FUE DE GRAN AYUDA ESTA PAG. MIGRAR.ORG.

Arturo Miguel Gutiérrez Castañeda

España. Orientación curricular y laboral a inmigrantes residenciados o bien por residenciarse en España.

Mayerlin garcia rodriguez

España. Porque me agrada, fui coordinadora de grupo juvenil, y maestra de catequesis.Gracias.

María del Loreto Blázquez Gallego

España. Cooperadora Fundación Migrar

Magali Beatriz Bobadilla Yzaguirre

España. Abogada ICAM. Asesora y asesora en Derecho Laboral,Extranjería y Familia.

Marta Aranda Merchán

España. Letrada especializada en extranjería

María Elisa Rodríguez Calistro

España. Letrada, Barna, cooperadora Fundación Migrar.

adengny rojas molina

España. Porque me agrada ayudar a los demás, soy socio de Cruz Roja Española

VANESA CABALLERO MARTIN

España. EXTRANJERÍA, LABORAL Y CIVIL. RECLAMACIONES A ENTIDADES BANCARIAS POR VENTA DE PRODUCTOS BANCARIOS

Mónica Riveros

Marruecos. Sicóloga clínica máster de migraciones I.C. Por las implicaciones psicológicas que precisan apoyo.

Dina Almerabet Pérez

España. Licenciada en Derecho. Máster en Derecho de extranjería y nacionalidad.

Carina Peñate Santana

España. Técnica de Intermediación Laboral.

Bassel Jazmati

España. Ayudar a los sirios

Borja Gallego Aguado

España. Para asistir a personas de distintas nacionalidades.

Marta Diago

España. Sicóloga soporte a deportados - Asesoramiento trámites legales extranjería
www.martadiago.com

Francisca Linero

España. Abogada derecho extranjería.Quiero poner mis conocimientos al servicio del resto.

MACARENA OTERO NAVARRO

España. Graduada en Derecho. Doble Máster en Abogacía y Derecho Público.

LORENA HERNANDEZ SAEZ

España. TRABAJADORA SOCIAL. MASTER EN MEDIACIÓN, FAMILIA INTERNACIONAL Y EXTRANJERÍA.

Diana Bernabé Coello

España. Especialista en Derecho Laboral y Extranjería

agustin blanco botran

España. por el hecho de que deseo contribuir por una buena causa y razon para respaldar a las personas refugiadas

Jose Martin

Venezuela. Me agradaría ayudar a las personas que ahora buscan salida frente a la crisis del pais.

CESAR AUGUSTO JAICO CARRANZA

España. IMPUESTO DE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Declaraciones de años precedentes- Devoluciones.

Pablo Robles Libedinsky

España. Abogado de Extranjería en Tudela (Navarra). Voluntario en Cruz Roja. Inglés y francés.

PILAR BARJA LAVANDEIRA

España. SOY ABOGADA ESPECIALISTA EN EXTRANJERÍA.DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS

EDUARDO MAX DE SOUZA BALBINO

España. ABOGADO,amplia experiencia personal-profesional:Inmigración y Extranjería.Idiomas:EN,PT,IT,FR y ES

Abimael Vicente Luna

España. colabora con conjuntos vulnerables

Verónica Fabiola Tambini Angeles

Perú. Abogada especialista en Derechos Humanos. Maestria en Gerencia Social. Consultora de ACNUR en Perú.

Silvia Rosa Velásques Manrique

España. extranjeria abogado Abogada en Navarra en temas de extranjería asesorado en varias instituciones.

Isabel González Gil

España. Diplomada en Derecho. Experta jurídica en Migraciones y Extranjería.

Victoria Mesa Pérez

España. Letrada de Cruz Roja en Las Palmas de Gran Canaria.

Pedro Antonio López Jiménez

España. Soy abogado en Málaga, especialista en Derecho de Extranjeria y Trabajo.

Pedro Pablo García Blanco

España. Soy abogado especialista en Derecho de Extranjería, Asilo-Refugio y Derecho de la Nacionalidad.

Maria Pilar Bernabéu Solano

España. Abogada de Zaragoza. Deseo compartir mi experiencia en materia de extranjería

Oscar Ros Lorente

España. Quiero colaborar para aportar mi conocimiento en materia de extranjeria

Juan Jose Rodriguez

Colombia. para asistir , y dar un mejor camino a todos

Gloria Ferrandis Ferrandis

España. Me dedico muchos años profesionalmente como abogado a extranjería y puedo asesorar.

Estrella Amselem Moryusef

España. Creo que se debe aconsejar a los inmigrantes desde una postura ética

Idalia Herrera Malatesta

España. Me gustaria ayudar y trasmitir mis conocimientos

Jordi Vidal Ribes

España. Trabajador Social Cruz Roja Lleida

Eladia Fermín de Castro

Venezuela. Por vocación y mística de servicio,siempre hay quien merezca una ayuda

Jose Bravo Herrera

España. Letrado y dueño de la página web jurídica www.recurre.es

Margarita Arango Pabón

España. Aprovechar las nuevas tecnologías con el fin de transmitir los conocimientos de extranjería

A.Yolanda Minguet Pérez

España. Abogada especialista en extranjería. Socia de INMIGRA EMIGRA y de ABEDIE

Francisco Javier Moreno Gil

España. Para ayudar al colectivo de autónomos.

Carlos González

España. Asesoría

David Ortiz Amaya

Italia. Para asistirnos unos a otros

Jhoani Pacheco Buitrago

España. Para aportar ideas sobre integración

MARTHA CECILIA OCHOAOLIER

España. Porque soy inmigrante y por lo tanto doliente y creo que puedo colaborar

Vanessa Caballero Martín

España. ABOGADA EXPECIALISTA EN MATERIA LABORAL Y EXTRANJERÍA EN ZAMORA.

jose luis saavedra chiclla

Perú. fui migrante y soy sociologo, con maestria en gerencia social

Asunción Bisquert Crespo

España. Letrada en ejercicio.

José a Brito

España. Me interesa todo lo que debe ver con asistir.

Carolina Prado Ruesta

España. Pues creo que es importante poder ayudar a otras personas inmigrantes que tienen problemas

Fina Baella Llamas

España. todos tenemos que colaborar ayudando a solucionar dudas a personas sin recursos económicos.

Jacqueline Carreño Nardes

España. Siempre he trabajado en el campo de los Derechos Humanos, y deseo asistir a los demás.

María Martinez de Simon

España. Letrada en Burgos

GEMA MOLLA QUINTO

España. Abogada en Alicante. Especialista en Familia, Mujer y Extranjería.

Alfonso Miguel López Muñoz

España. Letrado con pero de 15 años de experiencia en inmigración y extranjeria

Paloma Ramírez Mosqueda

España. Licenciada en Derecho y Letrada. Cooperadora Cruz Roja Alicante.

FRANCISCO RAMOS

España. Soy Letrado de extranjería, y quisiese asistir y cooperar dentro de mis posibilidades.

Fernando Menéndez Fernández

España. Consultor de Inmigración en Asturias.

Robinson Garcia Ferrufino

España. ayudar a las personas

gabriela catalan

España. Posiblemente alguno presente una situación afín a la mia

Jean Carlos González

Italia. Ayudar a otros

Juliano Jurado da Silva

España. Deseo ayudar las personas de bien!

Svetoslav Tihomirov Kostov

España. Graduado en Derecho, efectuando el máster de acceso a la abogacía.

CECILIA POMPILI

Argentina. Hay bastantes personas que precisan ayuda

Noemi Torollo Sánchez

España. Letrada de extranjería y también inmigración

Irene Izquierdo Teba

España. El derecho es un conocimiento colectivo que ha de ser facilitado.

Ani Carolina Rodriguez

Ecuador. me gustaría ayudar en lo que esté en mis manos

Gabriel Perez

España. Ayudar a los demas

Amarilis Guaregua

Venezuela. Siempre me he identificado con la ayuda social.

Miguel Angel Martinez

España. Ayudar con experiencia

Vanina Rau

España. Por el hecho de que se lo que es precisar ayuda, si puedo cooperar con alguien estoy a dispocision.

Noemí Otero Franco

España. España. Letrada. Presto asesoramiento y consejo jurídico altruistamente en materia de extranjería.

Dolores Martinez Pardo

España. Me semeja un servicio de gran utilidad y ayuda y querría formar parte del equipo. Gracias.

Juan Fernandez Ferrer

España. Tengo un hijo en Monovar que pertenece a la Cruzroja, colabora y da cursos a mayores

Aida Martín

España. Licenciada en Derecho, Abogada del ICAM.

JEISON MESA

España. Experiencia en el proceso migratorio con estancia por estudio MBA, en vigo,

Carlo GIGLIO

España. Ex Funcionario Ministerio de Relacion de Exteriores de ITALIA